Decisión de Ejecución (UE) 2026/1441 de la Comisión, de 25 de junio de 2026, por la que se aprueba la solicitud de Estados Unidos de acceso recíproco en el marco del Mecanismo para Ucrania establecido por el Reglamento (UE) 2024/792 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2026-81007
Número oficial:
DOUE-L-2026-81007
Publicación:
03/07/2026
Departamento:
Unión Europea

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2024/792 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de febrero de 2024, por el que se establece el Mecanismo para Ucrania (1), y en particular su artículo 11, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Mecanismo para Ucrania pone a disposición de Ucrania una ayuda financiera de hasta 50 000 millones EUR para el período 2024-2027 en forma de ayuda no reembolsable y préstamos para la recuperación, reconstrucción y modernización de Ucrania.

(2)

La cooperación con los socios internacionales de la Unión es esencial para la recuperación, la reconstrucción y la modernización de Ucrania. Estados Unidos es un socio clave de la Unión para apoyar la recuperación, la reconstrucción y la modernización de Ucrania. Es miembro fundador de la Plataforma de Donantes para Ucrania, creada en diciembre de 2022 por los dirigentes del G7, y miembro de su Comité Director.

(3)

El 9 de septiembre de 2025, Estados Unidos presentó a la Comisión una solicitud de acceso recíproco para las empresas y entidades a los procedimientos de contratación pública y de concesión de subvenciones y a los concursos dotados de premios de los respectivos programas de apoyo a Ucrania.

(4)

La Comisión ha examinado la información facilitada por Estados Unidos y ha analizado la información disponible sobre el apoyo internacional prestado a Ucrania, con el fin de determinar si el apoyo de Estados Unidos está real y efectivamente no restringido y comparar el nivel de apoyo prestado por la Unión y Estados Unidos, teniendo en cuenta aspectos cualitativos y cuantitativos.

(5)

Estados Unidos no restringe la participación en proyectos financiados en Ucrania y concede igualdad de acceso a los procedimientos de contratación pública y de concesión de subvenciones y premios derivados de su apoyo a Ucrania a todos los países admisibles en el marco del Mecanismo para Ucrania.

(6)

Desde febrero de 2022 hasta marzo de 2026, Estados Unidos ha comprometido 132 000 millones USD para Ucrania, con 70 600 millones USD en compromisos militares, 38 100 millones USD en compromisos no militares y 4 200 millones USD en ayuda humanitaria. Además, Estados Unidos ha comprometido 20 000 millones USD como parte de la iniciativa «Préstamos de aceleración de los ingresos extraordinarios en favor de Ucrania». El apoyo total a Ucrania equivale a una media del 0,46 % del PIB de Estados Unidos. Esto, junto con contribuciones en materia, por ejemplo, de capacidades de defensa y de inteligencia, es comparable al apoyo de la Unión a Ucrania (con cargo al presupuesto de la Unión y a los presupuestos de los Estados miembros combinados), que asciende al 1,11 % del PIB de la UE.

(7)

El apoyo prestado por Estados Unidos ha sido crucial para Ucrania desde el inicio de la invasión a gran escala. El apoyo presupuestario de Estados Unidos ha sido esencial para garantizar la estabilidad macrofinanciera, y la ayuda militar no pudo ser sustituida por otros donantes, debido al equipo militar estadounidense muy avanzado, incluidos los sistemas de defensa aérea, y a su amplia red de inteligencia y de satélites.

(8)

Estados Unidos ha sido el mayor proveedor de subvenciones a Ucrania desde febrero de 2022, con un total de 38 000 millones USD. Las contribuciones en forma de subvenciones son cruciales para garantizar la sostenibilidad de la deuda de Ucrania.

(9)

Junto con contribuciones monetarias sustanciales, Estados Unidos ha facilitado a Ucrania equipos militares esenciales, inteligencia y formación, es decir, ha contribuido al derecho de legítima defensa de Ucrania que de otro modo no habría sido posible.

(10)

El apoyo continuado de Estados Unidos a Ucrania contribuye a la seguridad de Europa y al reparto internacional de la carga entre la UE y sus socios en lo que respecta al apoyo a Ucrania.

(11)

Sobre la base de la información facilitada por Estados Unidos, conceder a Estados Unidos acceso recíproco a los procedimientos de contratación pública y de concesión de subvenciones y premios para las actividades financiadas en el marco del Mecanismo para Ucrania reforzaría los objetivos políticos y económicos compartidos de ambas partes, en particular en apoyo de la recuperación, la reconstrucción y la modernización de Ucrania, en consonancia con los objetivos del Mecanismo para Ucrania.

(12)

Con el fin de maximizar la eficacia de la ayuda prestada a Ucrania, procede conceder a Estados Unidos acceso recíproco por un período de un año.

(13)

Ucrania fue consultada el 21 de abril de 2026 en relación con la solicitud de Estados Unidos de acceso recíproco al Mecanismo para Ucrania, y confirmó su acuerdo.

(14)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité del Mecanismo para Ucrania.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se concede a Estados Unidos acceso recíproco a los procedimientos de contratación pública y de concesión de subvenciones y premios para las actividades financiadas en el marco del Mecanismo para Ucrania durante un período de un año a partir del 23 de julio de 2026.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 25 de junio de 2026.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)   DO L, 2024/792, 29.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/792/oj.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

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