Decisión de Ejecución (UE) 2025/2054 de la Comisión, de 13 de octubre de 2025, por la que se deducen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) [notificada con el número C(2025) 6791].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-81491
Número oficial:
DOUE-L-2025-81491
Publicación:
14/10/2025
Departamento:
Unión Europea

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 (1), y en particular su artículo 54,

Previa consulta al Comité de los Fondos Agrícolas,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 54, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/2116, la Comisión ha de determinar los importes que deban reducirse, teniendo en cuenta las justificaciones presentadas por el Estado miembro en los informes anuales del rendimiento, de conformidad con el artículo 134, apartado 8, del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).

(2)

Solo pueden financiarse con cargo al presupuesto de la Unión los gastos a que se refieren el artículo 5, apartado 2, y el artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2116 correspondientes a las intervenciones contempladas en el título III del Reglamento (UE) 2021/2115 que presenten el nivel de realización correspondiente que se indique en el informe anual del rendimiento mencionado en el artículo 9, apartado 3, letra b), y en el artículo 10, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2021/2116 y en el artículo 134 del Reglamento (UE) 2021/2115.

(3)

En virtud de la modificación del Reglamento Delegado (UE) 2022/127 de la Comisión (3) mediante el Reglamento Delegado (UE) 2025/310 de la Comisión (4), no se exigirá a los Estados miembros que presenten justificaciones a efectos de la liquidación anual del rendimiento para las desviaciones de los importes unitarios realizados respecto de los importes unitarios planificados para los que el importe total de los gastos correspondientes a dichas desviaciones no supere el 2 % de los gastos totales declarados en el informe anual del rendimiento de conformidad con el artículo 134, apartado 5, letra b), del Reglamento (UE) 2021/2115 para el ejercicio financiero afectado. Sin embargo, los Estados miembros deberán presentar justificaciones para todo exceso de los importes unitarios realizados con respecto a los importes unitarios máximos planificados (medios).

(4)

A la luz de la evaluación realizada, y teniendo en cuenta las justificaciones de los Estados miembros, la parte del gasto a que se refieren el artículo 5, apartado 2, y el artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2116 correspondiente a las intervenciones contempladas en el título III del Reglamento (UE) 2021/2115 que no presente el nivel de realización correspondiente que se indique en el informe anual del rendimiento mencionado en el artículo 9, apartado 3, letra b), y en el artículo 10, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2021/2116 y en el artículo 134 del Reglamento (UE) 2021/2115 debe deducirse de la financiación de la Unión.

(5)

En las intervenciones contempladas en la presente Decisión, la Comisión comunica a los Estados miembros en el informe de síntesis correspondiente el cálculo de los importes que han de deducirse por no ajustarse al Derecho de la Unión (5).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Quedan deducidos de la financiación de la Unión los importes indicados en el anexo, que están relacionados con los gastos declarados por los organismos pagadores de los Estados miembros con cargo al FEAGA o al Feader, que corresponden a las intervenciones contempladas en el título III del Reglamento (UE) 2021/2115 y que no presentan el nivel de realización correspondiente que se indica en el informe anual del rendimiento mencionado en el artículo 9, apartado 3, letra b), y en el artículo 10, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2021/2116 y en el artículo 134 del Reglamento (UE) 2021/2115.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán el Reino de Bélgica, la República Federal de Alemania, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, la República de Chipre y el Reino de los Países Bajos.

Hecho en Bruselas, el 13 de octubre de 2025.

Por la Comisión

Christophe HANSEN

Miembro de la Comisión

 

(1)   DO L 435 de 6.12.2021, p. 187, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/2116/oj.

(2)  Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan el Reglamento (UE) n.o 1305/2013 y el Reglamento (UE) n.o 1307/2013 (DO L 435 de 6.12.2021, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/2115/oj).

(3)  Reglamento Delegado (UE) 2022/127 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, que completa el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas relativas a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro (DO L 20 de 31.1.2022, p. 95, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2022/127/oj).

(4)  Reglamento Delegado (UE) 2025/310 de la Comisión, de 5 de diciembre de 2024, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2022/127 en lo que respecta a la liquidación anual del rendimiento y al procedimiento de conformidad (DO L, 2025/310, 12.2.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2025/310/oj).

(5)  Ares(2025) 7793398.

ANEXO
Decisiones de reducción financiera

FEAGA

Partida presupuestaria: 6 2 0 0

Estado miembro

Código de intervención (código del importe unitario planificado)

Ejercicio financiero

Motivo

Moneda

Importe bruto (rebasamiento o exceso)

Parcialmente liquidado/aceptado

Rebasamiento neto decidido

Porcentaje de cofinanciación

Parte de la UE

BE-Flandes

CRISS 1.2.1- Aanvullende herverdelende inkomenssteun voor duurzaamheid - gepland eenheidsbedrag per hectare

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

186 229,76

0,00

186 229,76

100,00 %

186 229,76

 

 

 

Total BEVG

EUR

186 229,76

0,00

186 229,76

 

186 229,76

 

Estado miembro

Código de intervención (código del importe unitario planificado)

Ejercicio financiero

Motivo

Moneda

Importe bruto (rebasamiento o exceso)

Parcialmente liquidado/aceptado

Rebasamiento neto decidido

Porcentaje de cofinanciación

Parte de la UE

CY

CIS-YF A.P.4 - Συμπληρωματική εισοδηματική στήριξη για γεωργούς νεαρής ηλικίας A.Π. 4 Μοναδιαία Ποσά Ενίσχυση ανά εκτάριο για Α.Π. 4

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

32 854,72

0,00

32 854,72

100,00 %

32 854,72

 

 

 

Total CY

EUR

32 854,72

0,00

32 854,72

 

32 854,72

 

Estado miembro

Código de intervención (código del importe unitario planificado)

Ejercicio financiero

Motivo

Moneda

Importe bruto (rebasamiento o exceso)

Parcialmente liquidado/aceptado

Rebasamiento neto decidido

Porcentaje de cofinanciación

Parte de la UE

DE

Eco-scheme (DE-DZ-0401-02-0-01)

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

670,33

0,00

670,33

100,00 %

670,33

DE

Eco-scheme (DE-DZ-0406-00-0-01)

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

32 813,64

0,00

32 813,64

100,00 %

32 813,64

DE

Eco-scheme (DE-DZ-0407-00-0-01)

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

38 359,29

0,00

38 359,29

100,00 %

38 359,29

DE

CIS (DE-DZ-0501-00-0-01)

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

759,06

0,00

759,06

100,00 %

759,06

DE

CIS (DE-DZ-0502-00-0-01)

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

72 859,06

0,00

72 859,06

100,00 %

72 859,06

 

 

 

Total DE

EUR

145 461,38

0,00

145 461,38

 

145 461,38

 

Estado miembro

Código de intervención (código del importe unitario planificado)

Ejercicio financiero

Motivo

Moneda

Importe bruto (rebasamiento o exceso)

Parcialmente liquidado/aceptado

Rebasamiento neto decidido

Porcentaje de cofinanciación

Parte de la UE

EL (GR)

CIS (ΜΚ1-32.1-02)

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

3 235 686,73

0,00

3 235 686,73

100,00 %

3 235 686,73

EL (GR)

CIS (ΜΚ1-32.1-03)

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

4 814 306,53

0,00

4 814 306,53

100,00 %

4 814 306,53

EL (GR)

CIS (ΜΚ1-32.1-9)

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

1 478 694,71

0,00

1 478 694,71

100,00 %

1 478 694,71

 

 

 

Total EL (GR):

EUR

9 528 687,97

0,00

9 528 687,97

 

9 528 687,97

 

Estado miembro

Código de intervención (código del importe unitario planificado)

Ejercicio financiero

Motivo

Moneda

Importe bruto (rebasamiento o exceso)

Parcialmente liquidado/aceptado

Rebasamiento neto decidido

Porcentaje de cofinanciación

Parte de la UE

FR

CIS (Aide couplée au revenu 3222_COR_O.11_0002)

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

65 787,40

0,00

65 787,40

100,00 %

65 787,40

 

 

 

Total FR

EUR

65 787,40

0,00

65 787,40

 

65 787,40

 

Moneda

Importe bruto (rebasamiento o exceso)

Parcialmente liquidado/aceptado

Rebasamiento neto decidido

Parte de la UE

EUR

9 959 021,23

0,00

9 959 021,23

9 959 021,23

FEADER

Partida presupuestaria: 6 2 0 1

Estado miembro

Código de intervención (código del importe unitario planificado)

Ejercicio financiero

Motivo

Moneda

Importe bruto (rebasamiento o exceso)

Parcialmente liquidado/aceptado

Rebasamiento neto decidido

Porcentaje de cofinanciación

Parte de la UE

ES

ENVCLIM (ARA6503_03)

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

29,54

0,00

29,54

55,56 %

16,41

ES

INVEST (RIO6871_03)

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

369 130,6

0,00

369 130,6

45,00 %

166 108,77

 

 

 

Total ES

EUR

369 160,14

0,00

369 160,14

 

166 125,18

 

Estado miembro

Código de intervención (código del importe unitario planificado)

Ejercicio financiero

Motivo

Moneda

Importe bruto (rebasamiento o exceso)

Parcialmente liquidado/aceptado

Rebasamiento neto decidido

Porcentaje de cofinanciación

Parte de la UE

NL

ENVCLIM (I.70.1.E.01 — Agrarisch Natuur- en Landschapsbeheer (ANLb))

2024

Gastos que no presentan el nivel de realización correspondiente [véase el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116]

EUR

14 183 064,14

0,00

14 183 064,14

65,00 %

9 218 991,69

 

 

 

Total NL

EUR

14 183 064,14

0,00

14 183 064,14

 

9 218 991,69

 

Moneda

Importe bruto (rebasamiento o exceso)

Parcialmente liquidado/aceptado

Rebasamiento neto decidido

Parte de la UE

EUR

14 552 224,28

0,00

14 552 224,28

9 385 116,87

 

Decisiones de reducción financiera

Rebasamiento neto decidido (parte de la UE)

FEAGA

9 959 021,23

Feader

9 385 116,87

TOTAL

19 344 138,10

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida