Decisión de Ejecución (UE) 2024/733 de la Comisión, de 28 de febrero de 2024, por la que se retrasa la fecha de expiración de la aprobación del colecalciferol para su uso en biocidas del tipo de producto 14, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2024-80293
Número oficial:
DOUE-L-2024-80293
Publicación:
01/03/2024
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (1), y en particular su artículo 14, apartado 5,

Previa consulta al Comité Permanente de Biocidas,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 9, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n.o 528/2012, se aprobó el colecalciferol como sustancia activa para su uso en biocidas del tipo de producto 14, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/637 de la Comisión (2).

(2)

La aprobación del colecalciferol para su uso en biocidas del tipo de producto 14 («la aprobación») expirará el 30 de junio de 2024. El 22 de diciembre de 2022, de conformidad con el artículo 13, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 528/2012, se presentó una solicitud de renovación de la aprobación («la solicitud»).

(3)

El 7 de agosto de 2023, la autoridad competente evaluadora de Suecia informó a la Comisión de que había decidido, con arreglo al artículo 14, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 528/2012, que no era necesario proceder a una evaluación completa de la solicitud. De conformidad con el artículo 14, apartado 2, párrafo segundo, de dicho Reglamento, la autoridad competente evaluadora debe llevar a cabo una evaluación de la solicitud en un plazo de ciento ochenta días a partir de la fecha en que la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas («la Agencia») haya aceptado la solicitud.

(4)

De conformidad con el artículo 14, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 528/2012, en el plazo de noventa días a partir de la recepción de una recomendación de la autoridad competente evaluadora, la Agencia debe preparar y presentar a la Comisión un dictamen sobre la renovación de la aprobación de la sustancia activa.

(5)

El 3 de noviembre de 2023, la Agencia informó a la Comisión de que la autoridad competente evaluadora tiene intención de presentar su informe de evaluación a la Agencia en diciembre de 2023, ya que la autoridad competente evaluadora debía tener también en cuenta la información procedente de una consulta pública (realizada del 8 de septiembre al 7 de noviembre de 2023 (3)) sobre candidatos potenciales para realizar sustituciones organizada por la Agencia de conformidad con el artículo 10, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 528/2012. La Agencia tiene previsto presentar a la Comisión su dictamen sobre la renovación de la aprobación del colecalciferol en marzo de 2024.

(6)

Se considera que el colecalciferol tiene propiedades de alteración endocrina que pueden causar efectos adversos en las personas de conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/637 y, por tanto, cumple el criterio de exclusión establecido en el artículo 5, apartado 1, letra d), del Reglamento (UE) n.o 528/2012. El examen para decidir si se cumple al menos una de las condiciones de las establecidas en el artículo 5, apartado 2, párrafo primero, de dicho Reglamento y si, por tanto, puede renovarse la aprobación del colecalciferol se llevará a cabo una vez que la Agencia presente su dictamen a la Comisión, por lo que no será posible completar dicho examen antes de que expire la actual aprobación.

(7)

Por consiguiente, por razones que escapan al control del solicitante, es probable que la aprobación del colecalciferol para su uso en biocidas del tipo de producto 14 expire antes de que se haya tomado una decisión sobre su renovación. Procede, por tanto, retrasar la fecha de expiración de la aprobación el tiempo suficiente para que pueda completarse el procedimiento completo de examen de la solicitud. Teniendo en cuenta el tiempo que resulta necesario para que la Comisión decida si renueva la aprobación del colecalciferol para su uso en biocidas del tipo de producto 14, la fecha de expiración debe retrasarse al 31 de diciembre de 2025.

(8)

Tras el aplazamiento de la fecha de expiración, la aprobación del colecalciferol para su uso en biocidas del tipo de producto 14 debe seguir estando sujeta a las condiciones establecidas en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/637.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La fecha de expiración de la aprobación del colecalciferol para su uso en biocidas del tipo de producto 14 establecida en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/637 se retrasa al 31 de diciembre de 2025.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 28 de febrero de 2024.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

(1)   DO L 167 de 27.6.2012, p. 1.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2019/637 de la Comisión, de 23 de abril de 2019, por el que se aprueba el uso del colecalciferol como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 14 (DO L 109 de 24.4.2019, p. 13).

(3)   Consulta sobre candidatos potenciales para realizar sustituciones. ECHA (europa.eu).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

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