Decisión de Ejecución (UE) 2021/431 de la Comisión de 10 de marzo de 2021 por la que se conceden a determinados Estados miembros excepciones a la aplicación del Reglamento (CE) nº 862/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las estadísticas comunitarias en el ámbito de la migración y la protección internacional [notificada con el número C(2021) 1490].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2021-80317
Número oficial:
DOUE-L-2021-80317
Publicación:
12/03/2021
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 862/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, sobre las estadísticas comunitarias en el ámbito de la migración y la protección internacional y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 311/76 del Consejo relativo a la elaboración de estadísticas de trabajadores extranjeros (1), y en particular su artículo 11 bis,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) n.o 862/2007 exige a los Estados miembros que proporcionen estadísticas sobre la inmigración hacia sus territorios y la emigración desde estos, sobre la nacionalidad y el país de nacimiento de las personas que residen de manera habitual en su territorio y sobre los procedimientos y procesos administrativos y judiciales correspondientes.

(2)

De conformidad con el artículo 11 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 862/2007, la Comisión puede conceder excepciones temporales a los Estados miembros sobre la base de solicitudes justificadas por la necesidad de introducir adaptaciones importantes en sus sistemas estadísticos nacionales a fin de cumplir plenamente lo dispuesto en dicho Reglamento.

(3)

Bélgica, Chequia, Alemania, España, Francia, Croacia, Italia, Chipre, Lituania, Malta, los Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia y Suecia han presentado solicitudes para que se les concedan excepciones temporales.

(4)

La información facilitada a la Comisión en relación con esas solicitudes indica que están justificadas por la necesidad de introducir adaptaciones importantes en los sistemas estadísticos nacionales de los Estados miembros de que se trata a fin de cumplir los nuevos requisitos estadísticos del Reglamento (CE) n.o 862/2007 introducidos por el Reglamento (UE) 2020/851 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).

(5)

Por consiguiente, deben concederse las excepciones solicitadas a Bélgica, Chequia, Alemania, España, Francia, Croacia, Italia, Chipre, Lituania, Malta, los Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia y Suecia.

(6)

 

(7)

La Comisión supervisaría la evolución de esas adaptaciones importantes en los Estados miembros de que se trata.

 

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo creado en virtud del artículo 7 del Reglamento (CE) n.o 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se conceden las excepciones a la aplicación del Reglamento (CE) n.o 862/2007 establecidas en el anexo de la presente Decisión a los Estados miembros mencionados en él.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión son el Reino de Bélgica, la República Checa, la República Federal de Alemania, el Reino de España, la República Francesa, la República de Croacia, la República Italiana, la República de Chipre, la República de Lituania, la República de Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de Polonia, la República Portuguesa, Rumanía, la República Eslovaca y el Reino de Suecia.

Hecho en Bruselas, el 10 de marzo de 2021.

Por la Comisión

Paolo GENTILONI

Miembro de la Comisión

 

 

(1)  DO L 199 de 31.7.2007, p. 23.

(2)  Reglamento (UE) 2020/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 862/2007 sobre las estadísticas comunitarias en el ámbito de la migración y la protección internacional (DO L 198 de 22.6.2020, p. 1).

(3)  Reglamento (CE) n.o 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1101/2008 relativo a la transmisión a la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas de las informaciones amparadas por el secreto estadístico, el Reglamento (CE) n.o 322/97 del Consejo sobre la estadística comunitaria y la Decisión 89/382/CEE, Euratom del Consejo por la que se crea un Comité del programa estadístico de las Comunidades Europeas (DO L 87 de 31.3.2009, p. 164).

ANEXO

LISTA DE EXCEPCIONES AL REGLAMENTO (CE) Nº 862/2007

1.   Estado miembro: Bélgica

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 4, apartado 1, letra c)

1 año (2021)

Transmisión de la desagregación por retiradas expresas e implícitas.

Artículo 4, apartado 1, letra e)

1 año (2021)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las solicitudes de protección internacional tramitadas de conformidad con el procedimiento acelerado.

Artículo 4, apartado 3, letras c) y d)

1 año (2021)

Transmisión de la desagregación por retirada o finalización del estatuto de protección o por desestimación de su renovación.

Artículo 4, apartado 3, párrafo segundo

1 año (2021)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 3.

Artículo 4, apartado 4, letras f), g), h) e i)

2 años (2021-2022)

Transmisión de todos los elementos cubiertos por las disposiciones en cuestión.

Artículo 5, apartado 1, párrafo tercero

1 año (2021)

Transmisión de las desagregaciones por los motivos de la detención y por lugar de detención.

Artículo 7, apartado 2

1 año (2021)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados.

2.   Estado miembro: Chequia

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 4, apartado 4, letras f), g), h) e i)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos cubiertos por las disposiciones en cuestión.

Artículo 5, apartado 1, párrafo tercero

3 años (2021-2023)

Transmisión de las desagregaciones por los motivos de la detención y por lugar de detención.

Artículo 7, apartado 1, letra b)

3 años (2021-2023)

Transmisión de las desagregaciones por la asistencia recibida.

Artículo 7, apartado 2

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados.

3.   Estado miembro: Alemania

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 4, apartado 1, letra g)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las personas que se benefician de condiciones materiales de acogida que proporcionan a los solicitantes un nivel de vida adecuado.

4.   Estado miembro: España

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 4, apartado 1, letra g)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las personas que se benefician de condiciones materiales de acogida que proporcionan a los solicitantes un nivel de vida adecuado.

Artículo 4, apartado 1, párrafo segundo

2 años (2021-2022)

Transmisión de las desagregaciones por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 1.

Artículo 4, apartado 2, párrafo segundo

2 años (2021-2022)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 2.

Artículo 4, apartado 3, párrafo segundo

2 años (2021-2022)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 3.

Artículo 4, apartado 4, párrafo segundo

2 años (2021-2022)

Transmisión de la desagregación por menores acompañados y no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 4.

Artículo 5, apartado 1, párrafo tercero

3 años (2021-2023)

Transmisión de las desagregaciones por los motivos de la detención y por lugar de detención.

Artículo 7, apartado 1, letra b)

3 años (2021-2023)

Transmisión de las desagregaciones por tipo de retorno y asistencia recibida y por país de destino.

Artículo 7, apartado 2

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados.

5.   Estado miembro: Francia

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 4, apartado 1, párrafo segundo

2 años (2021-2022)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 1.

Artículo 4, apartado 4, párrafo segundo

2 años (2021-2022)

Transmisión de la desagregación por sexo y por menores acompañados y no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 4.

Artículo 5, apartado 1, párrafo tercero

3 años (2021-2023)

Transmisión de las desagregaciones por los motivos de la detención y por lugar de detención.

6.   Estado miembro: Croacia

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 4, apartado 1, letra g)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las personas que se benefician de condiciones materiales de acogida que proporcionan a los solicitantes un nivel de vida adecuado.

7.   Estado miembro: Italia

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 4, apartado 1, letra c)

1 año (2021)

Transmisión de la desagregación por retiradas expresas e implícitas.

Artículo 4, apartado 1, letra e)

1 año (2021)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las solicitudes de protección internacional tramitadas de conformidad con el procedimiento acelerado.

8.   Estado miembro: Chipre

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 4, apartado 1, letra c)

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por retiradas expresas e implícitas.

Artículo 4, apartado 1, letra e)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las solicitudes de protección internacional tramitadas de conformidad con el procedimiento acelerado.

Artículo 4, apartado 1, letra f)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las solicitudes posteriores de protección internacional.

Artículo 4, apartado 1, letra g)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las personas que se benefician de condiciones materiales de acogida que proporcionan a los solicitantes un nivel de vida adecuado.

Artículo 4, apartado 1, párrafo segundo

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 1.

Artículo 4, apartado 2, letras b) y c)

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por retirada o finalización del estatuto de protección o por desestimación de su renovación.

Artículo 4, apartado 2, párrafo segundo

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 2.

Artículo 4, apartado 3, letras c) y d)

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por retirada o finalización del estatuto de protección o por desestimación de su renovación.

Artículo 4, apartado 3, párrafo segundo

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 3.

Artículo 4, apartado 4, letras f), g), h) e i)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos cubiertos por las disposiciones en cuestión.

Artículo 4, apartado 4, párrafo segundo

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores acompañados y no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 4.

Artículo 5, apartado 1, párrafo tercero

3 años (2021-2023)

Transmisión de las desagregaciones por los motivos de la detención y por lugar de detención.

Artículo 7, apartado 1, letra b)

3 años (2021-2023)

Transmisión de las desagregaciones por tipo de retorno y asistencia recibida y por país de destino.

Artículo 7, apartado 2

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados.

9.   Estado miembro: Lituania

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 4, apartado 1, párrafo segundo

1 año (2021)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 1.

Artículo 4, apartado 2, párrafo segundo

1 año (2021)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 2.

Artículo 4, apartado 3, párrafo segundo

1 año (2021)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 3.

Artículo 4, apartado 4, letras f), g), h) e i)

1 año (2021)

Transmisión de todos los elementos cubiertos por las disposiciones en cuestión.

Artículo 4, apartado 4, párrafo segundo

1 año (2021)

Transmisión de la desagregación por sexo y por menores acompañados y no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 4.

Artículo 5, apartado 1, párrafo tercero

1 año (2021)

Transmisión de las desagregaciones por los motivos de la detención y por lugar de detención.

Artículo 7, apartado 1, letra b)

1 año (2021)

Transmisión de las desagregaciones por tipo de retorno y asistencia recibida y por país de destino.

Artículo 7, apartado 2

1 año (2021)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados.

10.   Estado miembro: Malta

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 4, apartado 1, letra e)

2 años (2021-2022)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las solicitudes de protección internacional tramitadas de conformidad con el procedimiento acelerado.

Artículo 4, apartado 4, párrafo segundo

2 años (2021-2022)

Transmisión de la desagregación por sexo para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 4.

Artículo 6, apartado 1, letra a), incisos i), ii) y iii), y letras b) y c)

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por edad y por sexo.

11.   Estado miembro: Países Bajos

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 7, apartado 1, letra b)

2 años (2021-2022)

Transmisión de las desagregaciones por país de destino.

Artículo 7, apartado 2

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados.

12.   Estado miembro: Polonia

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 4, apartado 1, letra e)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las solicitudes de protección internacional tramitadas de conformidad con el procedimiento acelerado.

Artículo 4, apartado 1, letra f)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las solicitudes posteriores de protección internacional.

Artículo 4, apartado 1, letra g)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las personas que se benefician de condiciones materiales de acogida que proporcionan a los solicitantes un nivel de vida adecuado.

Artículo 4, apartado 1, párrafo segundo

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 1.

Artículo 4, apartado 2, párrafo segundo

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 2.

Artículo 4, apartado 3, párrafo segundo

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 3.

Artículo 4, apartado 4, párrafo segundo

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores acompañados y no acompañados para todas las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 4.

Artículo 6, apartado 1, letra a), inciso ii)

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por edad y por sexo.

13.   Estado miembro: Portugal

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 5, apartado 1, párrafo tercero

1 año (2021)

Transmisión de las desagregaciones por los motivos de la detención y por lugar de detención.

Artículo 7, apartado 2

1 año (2021)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados.

14.   Estado miembro: Rumanía

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 4, apartado 1, letra c)

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por retiradas expresas e implícitas.

Artículo 4, apartado 1, letra e)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las solicitudes de protección internacional tramitadas de conformidad con el procedimiento acelerado.

Artículo 4, apartado 1, letra g)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las personas que se benefician de condiciones materiales de acogida que proporcionan a los solicitantes un nivel de vida adecuado.

Artículo 5, apartado 1, párrafo tercero

3 años (2021-2023)

Transmisión de las desagregaciones por los motivos de la detención.

Artículo 7, apartado 2

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados.

15.   Estado miembro: Eslovaquia

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 6, apartado 1, letra a), incisos i), ii) y iii), y letras b) y c)

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por edad y por sexo.

16.   Estado miembro: Suecia

Disposición en cuestión

Período de excepción concedido

Ámbito de la excepción

Artículo 4, apartado 1, letra e)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las solicitudes de protección internacional tramitadas de conformidad con el procedimiento acelerado.

Artículo 4, apartado 1, letra f)

3 años (2021-2023)

Transmisión de todos los elementos del conjunto de datos sobre las solicitudes posteriores de protección internacional.

Artículo 4, apartado 1, párrafo segundo

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores no acompañados para las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 1, letra d).

Artículo 4, apartado 2, letras b) y c)

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por retirada o finalización del estatuto de protección o por desestimación de su renovación.

Artículo 4, apartado 3, letras c) y d)

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por retirada o finalización del estatuto de protección o por desestimación de su renovación.

Artículo 4, apartado 4, párrafo segundo

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por menores acompañados y no acompañados para las estadísticas contempladas en el artículo 4, apartado 4, letras f), g) y h).

Artículo 5, apartado 1, párrafo tercero

3 años (2021-2023)

Transmisión de las desagregaciones por los motivos de la detención y por lugar de detención.

Artículo 6, apartado 1, letra a), incisos i), ii) y iii), y letras b) y c)

3 años (2021-2023)

Transmisión de la desagregación por edad y por sexo.

Artículo 7, apartado 1, letra b)

3 años (2021-2023)

Transmisión de las desagregaciones por tipo de retorno y asistencia recibida y por país de destino.

Artículo 9

3 años (2021-2023)

Cumplimiento de los requisitos del artículo 9 relativos a la calidad de los datos.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida