Decisión de Ejecución (UE ) 2019/470 de la Comisión, de 20 de marzo de 2019, que deroga la Decisión 2005/779/CE, relativa a medidas zoosanitarias de protección contra la enfermedad vesicular porcina en Italia [notificada con el número C(2019) 2045].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2019-80444
Número oficial:
DOUE-L-2019-80444
Publicación:
22/03/2019
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

 

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

 

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios dentro de la Unión de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), y en particular su artículo 10, apartado 4,

 

Considerando lo siguiente:

 

(1) La Decisión 2005/779/CE de la Comisión (2) se adoptó como consecuencia de la aparición de brotes de la enfermedad vesicular porcina en Italia. En ella se establecen normas zoosanitarias en lo que respecta a la enfermedad vesicular porcina para las regiones de dicho Estado miembro reconocidas como indemnes de enfermedad vesicular porcina, así como para las regiones de dicho Estado miembro no reconocidas como indemnes de esta enfermedad.

 

(2) En Italia se ha aplicado durante varios años un programa de erradicación y seguimiento de la enfermedad vesicular porcina con el fin de conseguir que todas las regiones de ese Estado miembro sean calificadas como regiones indemnes de dicha enfermedad.

 

(3) Italia ha presentado a la Comisión, a efectos de la calificación de la región de Calabria como indemne de enfermedad vesicular porcina, nueva información que demuestra que la enfermedad ha sido erradicada de dicha región.

 

(4) Tras examinar la información presentada por Italia, y teniendo en cuenta los resultados favorables conseguidos gracias a la aplicación del programa de erradicación y seguimiento, debe reconocerse la región de Calabria como indemne de la enfermedad vesicular porcina.

 

(5) Dado que la enfermedad vesicular porcina ya ha sido erradicada en todas las regiones de Italia, la Decisión 2005/779/CE ha quedado obsoleta y debe derogarse.

 

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

 

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

 

Artículo 1

 

Queda derogada la Decisión 2005/779/CE.

 

Artículo 2

 

Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

 

Hecho en Bruselas, el 20 de marzo de 2019.

 

Por la Comisión

Vytenis ANDRIUKAITIS

Miembro de la Comisión

 

 

 

(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

(2) Decisión 2005/779/CE de la Comisión, de 8 de noviembre de 2005, relativa a medidas zoosanitarias de protección contra la enfermedad vesicular porcina en Italia (DO L 293 de 9.11.2005, p. 28).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

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Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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