Decisión de Ejecución (PESC) 2023/2499 del Consejo, de 9 de noviembre de 2023, por la que se aplica la Decisión (PESC) 2015/1333 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2023-81581
Número oficial:
DOUE-L-2023-81581
Publicación:
10/11/2023
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo, de 31 de julio de 2015, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia y por la que se deroga la Decisión 2011/137/PESC (1), y en particular su artículo 12, apartado 2,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 31 de julio de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1333.

(2)

De conformidad con el artículo 17, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2015/1333, el Consejo ha revisado las listas de personas y entidades designadas que figuran en los anexos II y IV de dicha Decisión.

(3)

El Consejo considera que deben suprimirse las entradas correspondientes a dos personas y una entidad y mantenerse las medidas restrictivas contra todas las demás personas y entidades incluidas en las listas que figuran en los anexos II y IV de la Decisión (PESC) 2015/1333. Además, debe actualizarse la información identificativa relativa a una persona.

(4)

Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2015/1333 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los anexos II y IV de la Decisión (PESC) 2015/1333 se modifican de conformidad con el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 9 de noviembre de 2023.

Por el Consejo

La Presidenta

N. CALVIÑO SANTAMARÍA

(1)   DO L 206 de 1.8.2015, p. 34.

ANEXO

La Decisión (PESC) 2015/1333 se modifica como sigue:

1)

En el anexo II («Lista de personas y entidades a que se refiere el artículo 8, apartado 2»), la parte A («Personas») se modifica como sigue:

a)

la entrada 9 relativa a HOUEJ, Mohamad Ali se sustituye por el texto siguiente:

«9.

HOUEJ, Mohamad Ali

Ministro de Economía y Comercio del Gobierno de Unidad Nacional de Libia

Fecha de nacimiento: 1949

Lugar de nacimiento: Al-Azizia (cerca de Trípoli)

Ministro de Industria, Economía y Comercio del Gobierno del coronel Qadhafi.

Estrechamente asociado al anterior régimen de Muammar Qadhafi.

21.3.2011»;

b)

se suprime la entrada 13 relativa a MANSOUR, Abdallah.

2)

En el anexo IV («Lista de personas y entidades a que se refiere el artículo 9, apartado 2»), la parte A («Personas») se modifica como sigue:

a)

la entrada 9 relativa a HOUEJ, Mohamad Ali se sustituye por el texto siguiente:

«9.

HOUEJ, Mohamad Ali

Ministro de Economía y Comercio del Gobierno de Unidad Nacional de Libia

Fecha de nacimiento: 1949

Lugar de nacimiento: Al-Azizia (cerca de Trípoli)

Ministro de Industria, Economía y Comercio del Gobierno del coronel Qadhafi.

Estrechamente asociado al anterior régimen de Muammar Qadhafi.

21.3.2011»;

b)

se suprime la entrada 13 relativa a MANSOUR, Abdallah;

c)

se suprime la entrada 16 relativa a QADHAF AL-DAM, Sayyid Mohammed.

3)

En el anexo IV («Lista de personas y entidades a que se refiere el artículo 9, apartado 2»), parte B («Entidades»), se suprime la entrada 16 relativa a Baroque Investments Limited.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Comunicación de la Comisión en la que se ofrecen orientaciones sobre las disposiciones nuevas o modificadas sustancialmente de la Directiva (UE) 2024/1275 relativa a la eficiencia energética de los edificios refundida.

Otros 18/12/2025

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