Decisión de Ejecución (PESC) 2021/30 del Consejo de 15 de enero de 2021 por la que se aplica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-M-2021-80022
Número oficial:
DOUE-M-2021-80022
Publicación:
15/01/2021
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión 2013/255/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (1), y en particular su artículo 30, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 31 de mayo de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/255/PESC.

(2) Ante la gravedad de la situación en Siria y teniendo en cuenta su reciente nombramiento como ministro de Asuntos Exteriores, procede añadir a Faisal MEKDAD a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo I de la Decisión 2013/255/PESC.

(3) Procede, por lo tanto, modificar la Decisión 2013/255/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión 2013/255/PESC se modifica de conformidad con lo establecido en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 15 de enero de 2021.

Por el Consejo

La Presidenta

A.P. ZACARIAS

(1)  DO L 147 de 1.6.2013, p. 14.

ANEXO

Se añade la siguiente entrada a la lista establecida en el anexo I, sección A («Personas»), de la Decisión 2013/255/PESC:

 

Nombre

Información de identificación

Motivos

Fecha de inclusión

«311.

Faisal MEKDAD

(alias. Fayçal, Al-Mekdad; Meqdad, Al-Meqdad)

(فيصل المقداد)

Fecha de nacimiento: 1954.

Lugar de nacimiento: Ghasm, distrito de Dará, Siria;

Sexo: masculino.

Ministro de Asuntos Exteriores. Nombrado en noviembre de 2020.

En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil.

15.1.2021».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

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Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

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Otros 18/12/2025

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