Decisión de Ejecución de la Comisión, de 21 de mayo de 2012, que modifica la Decisión 2002/840/CE, por la que se adopta la lista de instalaciones de terceros países autorizadas para la irradiación de alimentos [notificada con el número C(2012) 3179].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2012-80894
Número oficial:
DOUE-L-2012-80894
Publicación:
24/05/2012
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 1999/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de febrero de 1999, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre alimentos e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes ( 1 ), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) Con arreglo a la Directiva 1999/2/CE, los productos alimenticios tratados con radiaciones ionizantes únicamente podrán importarse desde terceros países si han sido tratados en una instalación de irradiación autorizada por la Unión Europea.

(2) La Decisión 2002/840/CE de la Comisión ( 2 ) establece una lista de instalaciones de terceros países autorizadas.

(3) Las autoridades tailandesas han informado a la Comisión de que una de las instalaciones de irradiación autorizadas situadas en Tailandia ha cambiado de nombre.

(4) Por lo tanto, procede modificar en consecuencia la Decisión 2002/840/CE.

(5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2002/840/CE se modifica de conformidad con el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 21 de mayo de 2012.

Por la Comisión

John DALLI

Miembro de la Comisión

______________________

( 1 ) DO L 66 de 13.3.1999, p. 16.

( 2 ) DO L 287 de 25.10.2002, p. 40.

ANEXO

En el anexo de la Decisión 2002/840/CE, el siguiente texto

«N o de referencia: EU-AIF 08-2006

ISOTRON (THAILAND) LTD

Bangpakong Industrial Park (Amata Nakorn)

700/465 Moo 7, Tambon Donhuaroh,

Amphur Muang,

Chonburi 20000

Tailandia

Tel. (66-0) 38 45 84 31 a 4

Fax (66-0) 38 458435»

se sustituye por:

«N o de referencia: EU-AIF 08-2006

Synergy Health (Thailand) Ltd.

700/465 Amata Nakorn Industrial

Moo 7, Tambon Donhuaroh,

Amphur Muang,

Chonburi 20000

Tailandia

Tel. (+ 66) (0) 38 458431 a 3 y (66) (0) 38 450092 a 3

Fax (+ 66) (0) 38 458435 y (66) (0) 38 717146».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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