Decisión de Ejecución de la Comisión, de 17 de noviembre de 2014, que modifica la Decisión de Ejecución 2014/366/UE, por la que se establece la lista de los programas de cooperación y se indica el importe global de la ayuda total del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea para el período 2014-2020 [notificada con el número C(2014) 423].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2014-83400
Número oficial:
DOUE-L-2014-83400
Publicación:
19/11/2014
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones específicas relativas al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea (1), y, en particular, su artículo 4,

Previa consulta al Comité Coordinador de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos establecido mediante el artículo 150, apartado 1, del Reglamento (UE) no 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo (2),

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante la Decisión de Ejecución 2014/366/UE de la Comisión (3), de conformidad con el artículo 4, apartado 4, del Reglamento (UE) no 1299/2013, la Comisión estableció la contribución del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) al Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP II) en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) no 231/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), sin estar aún en condiciones de indicar también la contribución del FEDER a los programas transfronterizos y de las cuencas marítimas con arreglo al Instrumento Europeo de Vecindad (IEV) en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) no 232/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (5).

(2) De conformidad con el artículo 4, apartado 5, del Reglamento (UE) no 1299/2013, para cada Estado miembro, la ayuda del FEDER a programas transfronterizos y de las cuencas marítimas con arreglo al IEV se concede a condición de que ambos instrumentos aporten, como mínimo, cantidades equivalentes.

(3) Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución 2014/366/UE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión de Ejecución 2014/366/UE se modifica como sigue:

1)Se inserta el artículo siguiente:

«Artículo 4 bis

La contribución del FEDER a cada Estado miembro para los programas transfronterizos y de las cuencas marítimas con arreglo al IEV en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) no 232/2014 figura en el anexo V.» .

2)El texto que figura en el anexo de la presente Decisión se añade como anexo V.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 17 de noviembre de 2014.

Por la Comisión

Corina CREȚU Miembro de la Comisión

_________________________________

(1) DO L 347 de 20.12.2013, p. 259.

(2) DO L 347 de 20.12.2013, p. 320.

(3) Decisión de Ejecución 2014/366/UE de la Comisión, de 16 de junio de 2014, por la que se establece la lista de los programas de cooperación y se indica el importe global de la ayuda total del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea para el período 2014-2020 (DO L 178 de 18.6.2014, p. 18).

(4) Reglamento (UE) no 231/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2014, por el que se establece un Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP II) (DO L 77 de 15.3.2014, p. 11).

(5) Reglamento (UE) no 232/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2014, por el que se establece un Instrumento Europeo de Vecindad (DO L 77 de 15.3.2014, p. 27).

ANEXO

«ANEXO V

Contribución del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) a los programas transfronterizos y de las cuencas marítimas con arreglo al IEV para determinados Estados miembros

(Precios actuales, en EUR)

Estado miembro

Transferencia al IEV

Bulgaria

3 244 476

Estonia

10 230 000

Grecia

9 471 678

España

117 620 933

Francia

12 200 000

Italia

81 539 000

Chipre

500 000

Letonia

26 100 000

Lituania

50 000 000

Hungría

22 976 000

Malta

1 000 000

Polonia

135 800 000

Portugal

743 294

Rumanía

88 000 000

Eslovaquia

6 000 000

Finlandia

60 000 000

Suecia

9 000 000

TOTAL

634 425 381»

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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