Decisión ATALANTA/5/2009 del Comité Político y de Seguridad, de 10 de junio de 2009, por la que se modifica la Decisión Atalanta/2/2009 del Comité Político y de Seguridad sobre la aceptación de contribuciones de terceros Estados a la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta) y Decisión ATALANTA/3/2009 del Comité Político y de Seguridad sobre el establecimiento del Comité de contribuyentes para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta)

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2009-81052
Número oficial:
DOUE-L-2009-81052
Publicación:
11/06/2009
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 25, párrafo tercero,

Vista la Acción Común 2008/851/PESC del Consejo, de 10 de noviembre de 2008, relativa a la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia ( 1 ), y en particular su artículo 10.2 sobre la participación de terceros Estados,

Vista la Decisión Atalanta/2/2009 del Comité Político y de Seguridad, de 21 de abril de 2009, sobre la aceptación de contribuciones de terceros Estados a la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta) ( 2 ) y la Decisión Atalanta/3/2009 de 21 de abril de 2009 del Comité Político y de Seguridad sobre el establecimiento del Comité de contribuyentes para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta) ( 3 ), y su adenda adjunto ( 4 ),

Considerando:

(1) El Comandante de la Fuerza de la Unión Europea celebró las conferencias de generación de fuerzas y de dotación de personal el 17 de noviembre de 2008, el 16 de diciembre de 2008 y el 19 de marzo de 2009.

(2) En consonancia con las recomendaciones del Comandante de la Operación de la UE y del Comité Militar de la Unión Europea relativas a la contribución de la República de Croacia, debe aceptarse dicha contribución.

(3) De conformidad con el artículo 6 del Protocolo sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Dinamarca no participa en la elaboración y aplicación de decisiones y acciones de la Unión Europea que tengan repercusiones en ámbito de la defensa.

DECIDE:

Artículo 1

El artículo 1 de la Decisión Atalanta/2/2009 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 1

Contribuciones de terceros Estados

Tras las Conferencias de Generación de Fuerzas y otras consultas, se aceptan las contribuciones de Noruega y Croacia para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta)».

Artículo 2

El anexo del Comité Político y de Seguridad de la Decisión Atalanta/3/2009 se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO

LISTA DE TERCEROS ESTADOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2.1

— Noruega

— Croacia».

Hecho en Luxemburgo, el 10 de junio de 2009.

Por el Comité Político y de Seguridad

El Presidente

I. ŠRÁMEK

______________________

( 1 ) DO L 301 de 12.11.2008, p. 33.

( 2 ) DO L 109 de 30.4.2009, p. 52.

( 3 ) DO L 112 de 6.5.2009, p. 9.

( 4 ) DO L 119 de 14.5.2009. p. 40.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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