EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 189, en relación con su artículo 218, apartado 5,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) | Mediante carta de 20 de abril de 2023, Noruega expresó su interés en entablar negociaciones sobre un acuerdo con miras a la participación en el componente Govsatcom del Programa Espacial de la Unión y en el Programa de Conectividad Segura de la Unión, y al acceso a los servicios de Govsatcom y a los servicios gubernamentales del Programa de Conectividad Segura de la Unión. |
(2) | El 10 de diciembre de 2024, el Consejo autorizó la apertura de negociaciones, en nombre de la Unión, para el Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega por el que se establecen las normas de participación del Reino de Noruega en el componente Govsatcom del Programa Espacial de la Unión y en el Programa de Conectividad Segura de la Unión, y de acceso a los servicios de Govsatcom y a los servicios gubernamentales del Programa de Conectividad Segura de la Unión (en lo sucesivo, «Acuerdo»).Las negociaciones concluyeron con éxito el 4 de abril de 2025. |
(3) | Noruega ha cooperado durante mucho tiempo con la Unión en el ámbito espacial y participa en la mayoría de los componentes del Programa Espacial de la Unión. |
(4) | La Unión y Noruega celebraron un acuerdo sobre procedimientos de seguridad para el intercambio de información clasificada (1). |
(5) | Desde el punto de vista geopolítico, la participación de Noruega en el componente Govsatcom del Programa Espacial de la Unión y en el Programa de Conectividad Segura de la Unión, y su acceso a los servicios de Govsatcom y a los servicios gubernamentales del Programa de Conectividad Segura de la Unión, contribuirán a reforzar el papel de Europa como actor mundial y promoverán la cooperación internacional, tal como se define en la Estrategia Espacial para Europa. Un acuerdo con Noruega reforzará la posición estratégica de la Unión, que es uno de los objetivos de la Estrategia Espacial de la Unión Europea para la Seguridad y la Defensa. |
(6) | Por lo tanto, procede firmar el Acuerdo. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se autoriza la firma del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega por el que se establecen las normas de participación del Reino de Noruega en el componente Govsatcom del Programa Espacial de la Unión y en el Programa de Conectividad Segura de la Unión, y de acceso a los servicios de Govsatcom y a los servicios gubernamentales del Programa de Conectividad Segura de la Unión, a reserva de la celebración de dicho Acuerdo (2).
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 17 de febrero de 2026.
Por el Consejo
El Presidente
M. KERAVNOS
(1) Acuerdo entre el Reino de Noruega y la Unión Europea sobre procedimientos de seguridad para el intercambio de información clasificada (DO L 362 de 9.12.2004, p. 29, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2004/843/oj).
(2) El texto del Acuerdo se publicará junto con la Decisión relativa a su celebración.