Decisión 2014/775/PESC del Consejo, de 7 de noviembre de 2014, por la que se prorroga la Decisión 2014/73/PESC sobre una operación militar de la Unión Europea en la República Centroafricana («EUFOR-RCA»).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2014-83345
Número oficial:
DOUE-L-2014-83345
Publicación:
08/11/2014
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 28 de enero de 2014, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) adoptó la Resolución 2134 (2014) por la que se autoriza a la Unión Europea a desplegar una operación en la República Centroafricana (RCA).

(2)

El 10 de febrero de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/73/PESC (1) en la que se dispone que una operación militar de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUFOR-RCA) debe terminar a más tardar seis meses después de que se haya alcanzado la plena capacidad operativa.

(3)

El 10 de septiembre de 2014, el Presidente provisional de la RCA remitió una carta a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (AR) en la que solicitaba la prórroga de la EUFOR-RCA.

(4)

Es necesario garantizar una transición fluida de la EUFOR-RCA a la Misión Multidimensional Integrada de las Naciones Unidas para la Estabilización en la República Centroafricana (MINUSCA), establecida por la Resolución 2149 (2014) del CSNU, hasta que la MINUSCA pueda asumir responsabilidad plena respecto de la seguridad en la zona de Bangui.

(5)

El 21 de octubre de 2014 el CSNU adoptó la Resolución 2181 (2014) por la que se autoriza la prórroga de la EUFOR-RCA hasta el 15 de marzo de 2015.

(6)

Procede, por lo tanto, modificar la Decisión 2014/73/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2014/73/PESC se modifica como sigue:

1)En el artículo 1, apartado 1, los términos «entre cuatro y seis meses» se sustituyen por los términos «nueve meses».

2)En el artículo 10, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

«2. El importe de referencia financiera para los costes comunes de la EUFOR-RCA para el periodo que concluye el 15 de diciembre de 2014 ascenderá a 25,9 millones EUR. El importe de referencia financiera para los costes comunes de la EUFOR-RCA para el periodo comprendido entre el 16 de diciembre de 2014 y el 15 de marzo de 2015 ascenderá a 5,7 millones EUR.

El porcentaje del importe de referencia indicado en el artículo 25, apartado 1, de la Decisión 2011/871/PESC para el periodo que concluye el 15 de diciembre de 2014 queda fijado en el 50 %. El porcentaje del importe de referencia indicado en el artículo 25, apartado 1, de la Decisión 2011/871/PESC para el periodo comprendido entre el 16 de diciembre de 2014 y el 15 de marzo de 2015 queda fijado en el 0 %.» .

3)En el artículo 12, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

«2. La EUFOR-RCA terminará el 15 de marzo de 2015.» .

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 7 de noviembre de 2014.

Por el Consejo

El Presidente P. C. PADOAN

__________________________

(1) Decisión 2014/73/PESC del Consejo, de 10 de febrero de 2014, sobre una operación militar de la Unión Europea en la República Centroafricana («EUFOR-RCA») (DO L 40 de 11.2.2014, p. 59).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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