EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, su artículo 31, apartado 2, y su artículo 33,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 23 de enero de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/33/PESC ( 1 ) por la que se nombra a D. Andreas REINICKE Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para el proceso de paz en Oriente Próximo.
(2) El 2 de julio de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/350/PESC ( 2 ) por la que se prorroga el mandato del REUE hasta el 30 de junio de 2014 y se proporciona un importe de referencia financiera para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2013.
(3) El 27 de noviembre de 2013, el Comité Político y de Seguridad reconoció la forma de proceder propuesta por la Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, en el sentido de que el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) asumirá de momento las tareas del REUE. Por otra parte, quedarán garantizados la información periódica a los Estados miembros y los contactos a alto nivel.
(4) En consecuencia, procede derogar la Decisión 2013/350/PESC con efecto desde el 1 de enero de 2014.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Derogación
Queda derogada la Decisión 2013/350/PESC.
Artículo 2
Revisión
La futura representación de la Unión en relación con el proceso de paz de Oriente Medio se revisará antes de mayo de 2014.
Artículo 3
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Será aplicable desde el 1 de enero de 2014.
Hecho en Bruselas, el 20 de enero de 2014.
Por el Consejo
La Presidenta
C. ASHTON
_______________________
( 1 ) Decisión 2012/33/PESC del Consejo, de 23 de enero de 2012, por la que se nombra al Representante Especial de la Unión Europea para el proceso de paz en Oriente Próximo (DO L 19 de 24.1.2012, p. 17).
( 2 ) Decisión 2013/350/PESC del Consejo, de 2 de julio de 2013, por la que se modifica y se prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para el proceso de paz en Oriente Medio (DO L 185 de 4.7.2013, p. 3).