EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, su artículo 31, apartado 2, y su artículo 33,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 18 de julio de 2011, el Consejo adoptó la Decisión 2011/426/PESC ( 1 ) por la que se nombraba a D. Peter SØRENSEN Representante Especial de la Unión Europea (REUE) en Bosnia y Herzegovina. El mandato del REUE termina el 30 de junio de 2015.
(2) La Decisión 2011/426/PESC, modificada mediante la Decisión 2012/330/PESC ( 2 ) establecía para el REUE un importe de referencia financiera que cubría el período del 1 de septiembre de 2011 al 30 de junio de 2012. Para el período comprendido entre el 1 de julio de 2013 y el 30 de junio de 2014 debe establecerse un nuevo importe de referencia financiera.
(3) El REUE desempeñará su mandato en el contexto de una situación que puede deteriorarse, lo que podría perjudicar el logro de los objetivos de la acción exterior de la Unión establecidos en el artículo 21 del Tratado.
(4) Procede, por lo tanto, modificar la Decisión 2011/426/PESC en consecuencia,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el artículo 5, apartado l, de la Decisión 2011/426/PESC se añade el párrafo siguiente:
"El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2013 y el 30 de junio de 2014 será de 5 285 000 EUR.".
Artículo 2
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
La presente Decisión se aplicará a partir del 1 de julio de 2013.
Hecho en Bruselas, el 2 de julio de 2013.
Por el Consejo
El Presidente
L. LINKEVIČIUS
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( 1 ) DO L 188 de 19.7.2011, p. 30.
( 2 ) DO L 165 de 26.6.2012. p. 66.