Decisión 2011/171/PESC del Consejo, de 21 de marzo de 2011, que modifica la Decisión 2010/573/PESC, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra los dirigentes de la región del Trans-Dniéster de la República de Moldova

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2011-80523
Número oficial:
DOUE-L-2011-80523
Publicación:
22/03/2011
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 29, Considerando lo siguiente:

(1) El 27 de septiembre de 2010 el Consejo adoptó la Decisión 2010/573/PESC ( 1 ).

(2) Tras haberse revisado la Decisión 2010/573/PESC, conviene prorrogar las medidas restrictivas hasta el 31 de marzo de 2012.

(3) No obstante, para fomentar los avances hacia el logro de una solución política del conflicto del Trans-Dniéster, abordar los problemas aún existentes de las escuelas de alfabeto latino y restablecer la libre circulación de las personas, conviene suspender las medidas restrictivas hasta el 30 de septiembre de 2011. Finalizado ese plazo, el Consejo revisará las medidas restrictivas teniendo en cuenta la evolución de la situación, en especial en los ámbitos citados. El Consejo podrá decidir en todo momento que vuelvan a aplicarse o se retiren las restricciones aplicables a los viajes.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2010/573/PESC se modifica como sigue:

1) En el artículo 4, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

«2. La presente Decisión se aplicará hasta el 31 de marzo de 2012. Estará sujeta a constante revisión. Se podrá prorrogar o modificar, según proceda, si el Consejo estima que no se han cumplido sus objetivos.».

2) En el artículo 4, el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:

«3. Las medidas restrictivas contempladas en la presente Decisión quedarán suspendidas hasta el 30 de septiembre de 2011. Finalizado ese plazo, el Consejo revisará las medidas restrictivas.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 21 de marzo de 2011.

Por el Consejo

El Presidente

C. ASHTON

_____________________________

( 1 ) DO L 253 de 28.9.2010, p. 54.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

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Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

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Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

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