Decisión 2009/933/PESC del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre la ampliación, en nombre de la Unión Europea, del alcance territorial del Acuerdo de Extradición entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2009-82402
Número oficial:
DOUE-L-2009-82402
Publicación:
11/12/2009
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y, en particular, sus artículos 24 y 38,

Visto el artículo 3 de la Decisión del Consejo 2003/516/CE, de 6 de junio de 2003, relativa a la firma de los Acuerdos entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América sobre Extradición y Asistencia Judicial en Materia penal,

Considerando lo siguiente:

(1) A raíz de la autorización dada por el Consejo el 26 de abril de 2002 a la Presidencia, asistida por la Comisión, de entablar negociaciones con los Estados Unidos de América, se han negociado con este país dos Acuerdos de cooperación internacional en materia penal, uno relativo a la extradición y otro a la asistencia judicial.

(2) De acuerdo con la Decisión del Consejo 2003/516/CE, de 6 de junio de 2003 ( 1 ), el 25 de junio de 2003 se firmaron en nombre de la Unión Europea el Acuerdo de Extradición entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América ( 2 ) y el Acuerdo de Asistencia Judicial entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América ( 3 ).

(3) De acuerdo con la Decisión del Consejo 2009/820/PESC, de 23 de octubre de 2009, ( 4 ) se celebraron el Acuerdo de Extradición entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América y el Acuerdo de Asistencia Judicial entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América.

En virtud de dicha decisión, la Presidencia del Consejo, intercambió el 28 de octubre de 2009, los instrumentos de aprobación con el Fiscal General de los Estados Unidos de América en Washington.

(4) Ambos Acuerdos entraran en vigor el 1 de febrero de 2010.

(5) Los Países Bajos han informado a la Presidencia de que desean ampliar el alcance territorial del Acuerdo de Extradición, de conformidad con el artículo 20, apartado 1, letra b) a las Antillas Neerlandesas y Aruba. Dicha ampliación se realizó mediante el canje de una nota diplomática entre la Secretaría General del Consejo y la Misión de los Estados Unidos de América ante la Unión Europea el 9 de junio de 2009, de la que se acusó recibo en la nota diplomática de la Misión de los Estados Unidos ante la Unión Europea de 16 de junio de 2009.

(6) A la vista de la inminente entrada en vigor del Acuerdo de Extradición UE-Estados Unidos de América, el Consejo debería aprobar dicha ampliación del alcance territorial.

DECIDE:

Artículo 1

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20, apartado 1, letra b) del Acuerdo de Extradición entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América, se aprueba en nombre de la Unión Europea la ampliación del alcance territorial de dicho Acuerdo a las Antillas Neerlandesas y Aruba.

__________________________

( 1 ) DO L 181 de 19.7.2003, p. 25.

( 2 ) DO L 181 de 19.7.2003, p. 27.

( 3 ) DO L 181 de 19.7.2003, p. 34.

( 4 ) DO L 291 de 7.11.2009, p. 40.

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea Hecho en Bruselas, el 30 de noviembre de 2009.

Por el Consejo

La Presidenta

B. ASK

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