Decisión 2008/922/PESC del Consejo, de 8 de diciembre de 2008, por la que se aplica la Posición Común 2004/161/PESC relativa a la prórroga de medidas restrictivas contra Zimbabue.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2008-82458
Número oficial:
DOUE-L-2008-82458
Publicación:
10/12/2008
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Vista la Posición Común 2004/161/PESC del Consejo (1) y, en particular, su artículo 6, en conjunción con el artículo 23, apartado 2, del Tratado de la Unión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante la Posición Común 2004/161/PESC, el Consejo adoptó medidas para, entre otras cosas, evitar que entren o transiten por el territorio de los Estados miembros y para congelar los fondos y recursos económicos pertenecientes a los miembros del Gobierno de Zimbabue y a toda persona física o jurídica, entidad u organismo a ellos asociado, así como a otras personas físicas o jurídicas cuyas actividades socaven gravemente la democracia, el respeto de los derechos humanos y el Estado de Derecho en Zimbabue. La lista de dichas personas figura en el anexo a la mencionada Posición Común.

(2) A raíz de los actos de violencia organizados y cometidos por las autoridades de Zimbabue con motivo de la campaña para las elecciones presidenciales en 2008, el Consejo ha decidido añadir a algunas personas y entidades a la lista que figura en el anexo de la Posición Común 2004/161/PESC mediante la adopción el 22 de julio de 2008 de la Decisión 2008/605/PESC (2).

(3) El Consejo ha decidido asimismo reforzar las medidas restrictivas relativas a la prohibición de entrada y tránsito por el territorio de los Estados miembros de las personas físicas enumeradas en el anexo de la Posición Común 2004/161/PESC mediante la adopción el 31 de julio de 2008 de la Posición Común 2008/632/PESC (3).

(4) Debido a los actos de violencia organizados y cometidos por las autoridades de Zimbabue y al bloqueo persistente en cuanto a la aplicación del acuerdo político firmado el 15 de septiembre de 2008, conviene añadir a determinadas personas a la lista que figura en el anexo de la Posición Común 2004/161/PESC.

(5) Por el contrario, no existen ya motivos para mantener a una persona en la lista que figura en el anexo de la Posición Común 2004/161/PESC.

(6) Es necesario revisar el anexo de la Posición Común 2004/161/PESC en consecuencia.

DECIDE:

Artículo 1

1. Las personas que figuran en el anexo I de la presente Decisión se añaden a la lista que figura en el anexo de la Posición Común 2004/161/PESC.

2. La persona que figura en el anexo II de la presente Decisión se retira de la lista que figura en el anexo de la Posición Común 2004/161/PESC.

_________________________________

(1) DO L 50 de 20.2.2004, p. 66.

(2) DO L 194 de 23.7.2008, p. 34.

(3) DO L 205 de 1.8.2008, p. 53.

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto el día de su adopción.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 8 de diciembre de 2008.

Por el Consejo

El Presidente

B. KOUCHNER

ANEXO I

Personas a que se refiere el artículo 1, apartado 1

173. Newton Kachepa

Diputado electo por Mudzi Norte. Participó directamente en la campaña de terror que tuvo lugar antes y después de las elecciones.

174. Comandante Kairo (alias«Cairo») Mhandu

Ejército Nacional de Zimbabue. Participó directamente en la campaña de terror que tuvo lugar antes y después de las elecciones.

175. General de Brigada Sibusio Bussie Moyo

Ejército Nacional de Zimbabue. Participó directamente en la campaña de terror que tuvo lugar antes y después de las elecciones.

176. General de Brigada Richard Ruwodo

El 12 de agosto fue ascendido al empleo de General de División (retirado). Fue Subsecretario Permanente en funciones del Ministerio de Defensa. Participó directamente en la campaña de terror que tuvo lugar antes y después de las elecciones.

177. Misheck Nyawani

Superintendente (retirado). Participó directamente en la campaña de terror que tuvo lugar antes y después de las elecciones.

178. Columbus Mudonhi

Inspector Adjunto de la Policía Republicana de Zimbabue. Participó directamente en la campaña de terror que tuvo lugar antes y después de las elecciones.

179. Isaac Mumba Superintendente.

Participó directamente en la campaña de terror que tuvo lugar antes y después de las elecciones.

180. Martin Kwainona Comisario Adjunto. Participó directamente en la campaña de terror que tuvo lugar antes y después de las elecciones.

181. Paul Mudzvova Sargento. Participó directamente en la campaña de terror que tuvo lugar antes y después de las elecciones.

182. Martin Dinha Gobernador Provincial de Mashonaland Central.

183. Faber Chidarikire Gobernador Provincial de Mashonaland Occidental.

ANEXO II

Persona a que se refiere el artículo 1, apartado 2

45. Makoni, Simbarashe

Vicesecretario General del Politburó de ZANU (PF), para Asuntos Económicos (antiguo Ministro de Finanzas), fecha de nacimiento: 22.3.1950.

Miembro del Politburó y como tal, en estrecha relación con el Gobierno y su política.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida