EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Vista la Acción Común 2002/210/PESC del Consejo, de 11 de marzo de 2002, relativa a la Misión de Policía de la Unión Europea (MPUE) (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 9, en relación con el segundo guión del apartado 2 del artículo 23 del Tratado de la Unión Europea, Considerando que el Consejo debe decidir el presupuesto definitivo para el año 2005,
HA DECIDIDO LO SIGUIENTE:
Artículo 1
1. Un importe de 17,41 millones de EUR que cubra los costes operativos corrientes de la MPUE en 2005 se financiará en común con cargo al presupuesto general de la Unión Europea.
2. La gestión de los gastos financiados por el presupuesto general de la Unión Europea, especificados en el apartado 1, estará sujeta a los procedimientos y normas de la Comunidad aplicables en materia presupuestaria con la excepción de que cualquier financiación previa no permanecerá propiedad de la Comunidad.
Artículo 2
La presente Decisión surtirá efecto el día de su adopción.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 2004.
Por el Consejo
El Presidente
H. HOOGERVORST
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(1) DO L 70 de 13.3.2002, p. 1; Acción Común cuya última modificación la constituye la Acción Común 2003/188/PESC (DO L 73 de 19.3.2003, p. 9).