Decisión 2004/790/PESC del Consejo, de 22 de noviembre de 2004, por la que se prorroga y modifica la Decisión 2003/276/PESC relativa a la aplicación de la Acción Común 2002/589/PESC con vistas a una contribución de la Unión Europea a la destrucción de munición de armas ligeras y de pequeño calibre en Albania.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2004-82702
Número oficial:
DOUE-L-2004-82702
Publicación:
24/11/2004
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Unión Europea, y en particular el apartado 2 de su artículo 23,

Vista la Acción Común 2002/589/PESC del Consejo, de 12 de julio de 2002, sobre la contribución de la Unión Europea para combatir la acumulación desestabilizadora y la proliferación de armas ligeras y de pequeño calibre (1), y en particular su artículo 6,

Considerando lo siguiente:

(1) El 14 de abril de 2003 el Consejo adoptó la Decisión 2003/276/PESC relativa a una contribución de la Unión Europea a la destrucción de munición de armas ligeras y de pequeño calibre en Albania (2), que se proponía la aplicación de la Acción Común 2002/589/PESC y por la que se destinaban 820 000 euros a este fin.

(2) Algunos objetivos no están cumplidos a 31 de octubre de 2004, fecha en la que expira la Decisión 2003/276/PESC del Consejo, y otros objetivos deberían consolidarse y extenderse con posterioridad a dicha fecha; se trata de un proyecto plurianual de cuatro años de duración.

(3) Por consiguiente, procede prorrogar y modificar la Decisión 2003/276/PESC.

DECIDE:

Artículo 1

La Decisión 2003/276/PESC queda modificada de la forma siguiente:

1) En el apartado 1 del artículo 2, el importe de referencia financiera de «820 000 euros» se sustituye por el de «1 320 000 euros».

2) En el apartado 1 del artículo 4, la segunda frase se sustituye por la frase «Expirará el 31 de diciembre de 2005».

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto el 1 de noviembre de 2004.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, 22 de noviembre de 2004.

Por el Consejo

El Presidente

B. R. BOT

_______________________________________

(1) DO L 191 de 19.7.2002, p. 1.

(2) DO L 99 de 17.4.2003, p. 60.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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