Decisión 2003/832/PESC del Consejo, de 26 de mayo de 2003, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y el Gobierno de Letonia sobre la participación de la República de Letonia en las fuerzas dirigidas por la Unión Europea (FUE) en la Antigua República Yugoslava de Macedonia.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2003-81902
Número oficial:
DOUE-L-2003-81902
Publicación:
28/11/2003
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 24,

Vista la recomendación de la Presidencia,

Considerando lo siguiente:

(1) El 27 de enero de 2003, el Consejo adoptó la Acción Común 2003/92/PESC sobre la Operación Militar de la Unión Europea en la Antigua República Yugoslava de Macedonia (1).

(2) El artículo 8 de dicha Acción Común establece que el régimen de participación de terceros Estados estará sujeto a un acuerdo basado en el artículo 24 del Tratado de la Unión Europea.

(3) En virtud de la Decisión del Consejo, de 18 de marzo de 2003, por la que se autoriza al Secretario General/Alto Representante a entablar negociaciones, el Secretario General/Alto Representante ha negociado un Acuerdo con el Gobierno de Letonia sobre la participación de la República de Letonia en las fuerzas dirigidas por la Unión Europea (FUE) en la Antigua República Yugoslava de Macedonia.

(4) Procede aprobar dicho Acuerdo.

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado en nombre de la Unión Europea el Acuerdo entre la Unión Europea y el Gobierno de Letonia sobre la participación de la República de Letonia en las fuerzas dirigidas por la Unión Europea (FUE) en la Antigua República Yugoslava de Macedonia.

El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Unión Europea.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 4

La presente Decisión surtirá efecto el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 26 de mayo de 2003.

Por el Consejo

El Presidente

G. Drys

_____________

(1) DO L 34 de 12.2.2003, p. 26.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

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Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

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Acuerdo Internacional 27/02/2026

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