Decisión 2003/211/PESC del Consejo, de 24 de febrero de 2003, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la Organización del Tratado del Atlántico Norte sobre la seguridad de la información.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2003-80466
Número oficial:
DOUE-L-2003-80466
Publicación:
27/03/2003
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 24,

Vista la recomendación de la Presidencia,

Considerando lo siguiente:

(1) La Secretaría General del Consejo y la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) celebraron el 26 de julio de 2000, mediante un Canje de Notas entre sus respectivos Secretarios Generales, un Acuerdo Provisional de Seguridad.

(2) El Consejo Europeo de Barcelona subrayó la importancia de lograr arreglos permanentes entre la Unión Europea y la OTAN lo antes posible. Para ello pidió también a la Presidencia y al Alto Representante que mantuvieran los oportunos contactos a alto nivel para garantizar un resultado positivo. Entre estos arreglos figuraba un Acuerdo sobre la seguridad de la información.

(3) Tras la entrada en vigor, el 1 de diciembre de 2001, de sus respectivas normas de seguridad, el Consejo y la Comisión están en condiciones de cumplir plenamente las obligaciones derivadas de la aplicación de tal Acuerdo.

(4) La Presidencia, asistida por el Secretario General/Alto Representante, atendiendo a la Decisión del Consejo de 15 de abril de 2002 por la que se la autoriza a iniciar negociaciones con la OTAN, ha negociado un Acuerdo sobre la seguridad de la información.

(5) Dicho Acuerdo ha de ser aprobado.

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión Europea, el Acuerdo entre la Unión Europea y la Organización del Tratado del Atlántico Norte sobre la seguridad de la información.

El texto de dicho Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Unión Europea.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 24 de febrero de 2003.

Por el Consejo

El Presidente

G. Papandreou

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