En la página 9, en el artículo 6, apartado 1:
en lugar de: «Los Estados miembros garantizarán que los proveedores de servicios de información aeronáutica cumplan los requisitos de calidad de los datos que se establecen en el anexo IV, parte A.»,
léase: «Los Estados miembros garantizarán que los proveedores de servicios de navegación aérea cumplan los requisitos de calidad de los datos que se establecen en el anexo IV, parte A.».