Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 258/2011 de la Comisión, de 16 de marzo de 2011, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de baldosas de cerámica originarias de la República Popular China .

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2011-81027
Número oficial:
DOUE-L-2011-81027
Publicación:
31/05/2011
Departamento:
Unión Europea

En la página 23, en el considerando 164, en la primera frase:

en lugar de: «Si el volumen de las exportaciones de una de las empresas que se benefician de tipos de derecho individuales más bajos aumentara significativamente tras establecerse las medidas en cuestión [podrá introducirse un porcentaje, dependiendo del caso], podría considerarse que ese aumento del volumen constituye en sí mismo un cambio de las características del comercio como consecuencia de la imposición de las medidas en el sentido del artículo 13, apartado 1, del Reglamento de base.»,

léase: «Si el volumen de las exportaciones de una de las empresas que se benefician de tipos de derecho individuales más bajos aumentara significativamente tras imponerse las medidas en cuestión, podría considerarse que ese aumento del volumen constituye en sí mismo un cambio de las características del comercio como consecuencia de la imposición de las medidas en el sentido del artículo 13, apartado 1, del Reglamento de base.».

En la página 26, en el anexo I, en el título del anexo:

en lugar de: «Productores chinos que colaboraron en la investigación no incluidos en la muestra y a los que no se concedió trato individual»,

léase: «Productores chinos que colaboraron en la investigación no incluidos en la muestra o a los que no se concedió trato individual».

En la página 27, en el anexo I, en el nombre de la empresa n o 33:

en lugar de: «Foshan Shiwan Eagle Brand Ceramic Group Co. Ltd.»,

léase: «Foshan Shiwan Eagle Brand Ceramic Co. Ltd.».

En la página 27, en el anexo I, en el nombre de la empresa n o 59:

en lugar de: «Guangdong Ouyai Ceramic Factory Co. Ltd.»,

léase: «Guangdong Ouya Ceramic Co. Ltd.».

En la página 28, en el anexo I, en el nombre de la empresa n o 82:

en lugar de: «Louis Valentino Ceramic Co. Ltd.»,

léase: «Louis Valentino (Inner Mongolia) Ceramic Co. Ltd.».

En la página 29, en el anexo I, en el nombre de la empresa n o 109:

en lugar de: «ZhaoQing Zhongcheng Ceramic Co. Ltd.»,

léase: «Zhaoqing Zhongheng Ceramic Co. Ltd.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

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Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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