Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre la iniciativa ciudadana.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2011-82623
Número oficial:
DOUE-L-2011-82623
Publicación:
14/12/2011
Departamento:
Unión Europea

En la página 3, en el artículo 2, en el punto 1, en la línea sexta:

donde dice: «… un acto legislativo de la Unión …»,

debe decir: «… un acto jurídico de la Unión …».

En la página 11, en el anexo II, en la nota 1 a pie de página, en la última frase:

donde dice: «Las personas a las que se refieran los datos tienen derecho a publicar sus datos personales por razones imperiosas y legítimas propias de su situación particular, para solicitar la rectificación de dichos datos en cualquier momento y su retirada del registro de la Comisión a través de páginas web pasados dos años después de la fecha de registro de la iniciativa ciudadana propuesta.»,

debe decir: «Las personas a las que se refieran los datos tienen derecho a oponerse a la publicación de sus datos de carácter personal por razones imperiosas y legítimas propias de su situación particular, así como a solicitar la rectificación de dichos datos en cualquier momento y su retirada del registro electrónico de la Comisión pasados dos años después de la fecha de registro de la iniciativa ciudadana propuesta.».

En la página 22, en el anexo VII, en la nota 1 a pie de página, en la última frase:

donde dice: «Las personas a las que se refieran los datos tienen derecho a publicar sus datos personales por razones imperiosas y legítimas propias de su situación particular, para solicitar la rectificación de dichos datos en cualquier momento y su retirada del registro de la Comisión a través de páginas web pasados dos años después de la fecha de registro de la iniciativa ciudadana propuesta.»,

debe decir: «Las personas a las que se refieran los datos tienen derecho a oponerse a la publicación de sus datos de carácter personal por razones imperiosas y legítimas propias de su situación particular, así como a solicitar la rectificación de dichos datos en cualquier momento y su retirada del registro electrónico de la Comisión pasados dos años después de la fecha de registro de la iniciativa ciudadana propuesta.».

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Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

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