Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 1217/2010 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2010, relativo a la aplicación del artículo 101, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a determinadas categorías de acuerdos de investigación y desarrollo.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2011-81128
Número oficial:
DOUE-L-2011-81128
Publicación:
11/06/2011
Departamento:
Unión Europea

1. En la página 36, en el considerando 3, en la primera frase:

en lugar de: «El Reglamento (CE) n o 2659/2000 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2000, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado a determinadas categorías de acuerdos de investigación y desarrollo ( 2 ) define una categoría de acuerdos de investigación y desarrollo que a juicio de la Comisión cumplía normalmente las condiciones previstas en el artículo 101, apartado 3, del Tratado.»,

léase: «El Reglamento (CE) n o 2659/2000 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2000, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado a determinadas categorías de acuerdos de investigación y desarrollo ( 2 ) define unas categorías de acuerdos de investigación y desarrollo que a juicio de la Comisión cumplen normalmente las condiciones previstas en el artículo 101, apartado 3, del Tratado.».

2. En la página 37, en el considerando 13, en la tercera frase:

en lugar de: «[…] en el ámbito de aplicación del artículo 100, apartado 1, […]»,

léase: «[…] en el ámbito de aplicación del artículo 101, apartado 1, […]».

3. En la página 37, en el considerando 14, en la primera frase:

en lugar de: «[…] de los productos resultantes de la investigación […]»,

léase: «[…] de los productos, servicios o tecnologías resultantes de la investigación […]».

4. En la página 38, en el considerando 20:

en lugar de: «[…] establecida en el artículo 2 […]»,

léase: «[…] establecida en el presente Reglamento […]».

5. En la página 38, en el artículo 1, en el apartado 1, en la letra a), en el inciso vi):

en lugar de: «[…] productos o tecnologías, […]»,

léase: «[…] productos o tecnologías considerados en el contrato […]».

6. En la página 39, en el artículo 1, en el apartado 1, en la letra f):

en lugar de: «[…] utilizando los procedimientos considerados en el contrato […]»,

léase: «[…] utilizando las tecnologías consideradas en el contrato […]».

7. En la página 39, en el artículo 1, en el apartado 1, en la letra k):

en lugar de: «[…] la aplicación de los procedimientos considerados en el contrato […]»,

léase: «[…] la aplicación de las tecnologías consideradas […]».

8. En la página 39, en el artículo 1, en el apartado 1, en la letra p):

en lugar de: « «investigación y desarrollo» investigación y desarrollo que una de las partes lleva a cabo y la otra parte se limita a financiarla;»,

léase: « «investigación y desarrollo remunerados» investigación y desarrollo que una de las partes lleva a cabo y la otra parte se limita a financiar;».

9. En la página 40, en el artículo 2, en el apartado 2, en la primera frase:

en lugar de: «La exención prevista en el apartado 1 también se aplicará […]»,

léase: «La exención prevista en el apartado 1 se aplicará […]».

10. En la página 40, en el artículo 3, en el apartado 5:

en lugar de: «[…] letra n) […]»,

léase: «[…] letra m) […]».

11. En la página 41, en el artículo 4, en el apartado 2, en la letra a):

en lugar de: «[…] mercados de productos o del mercado tecnológico de referencia […]»,

léase: «[…] mercados de producto y tecnológico de referencia […]».

12. En la página 41, en el artículo 4, en el apartado 2, en la letra b):

en lugar de: «[…] mercados de productos o del mercado tecnológico de referencia […]»,

léase: «[…] mercados de producto y tecnológico de referencia […]».

13. En la página 41, en el artículo 5, en la letra b), en el inciso ii):

en lugar de: «[…] fijen objetivos de producción […]»,

léase: «[…] fijen objetivos de ventas […]».

14. En la página 41, en el artículo 5, en la letra b), en el inciso ii):

en lugar de: «[…] licencias de los procedimientos considerados […]»,

léase: «[…] licencias de las tecnologías consideradas […]».

15. En la página 41, en el artículo 5, en la letra b), en el inciso iv):

en lugar de: «[…] resultados, así como para ceder o conceder las licencias de dichos productos o tecnologías;»,

léase: «[…] resultados;».

16. En la página 41, en el artículo 5, en la letra d):

en lugar de: «[…] restringir el territorio en el que las partes pueden vender pasivamente los productos considerados en el contrato o conceder licencias de las tecnologías consideradas en el contrato, con la excepción del requisito de conceder a otra una licencia exclusiva de los resultados;»,

léase: «[…] restringir el territorio en el que las partes pueden vender pasivamente los productos considerados en el contrato o conceder licencias de las tecnologías consideradas en el contrato, o restringir los clientes a los que pueden hacer tales ventas o conceder tales licencias, con la excepción del requisito de conceder a otra una licencia exclusiva de los resultados;».

17. En la página 42, en el artículo 7, en la letra c):

en lugar de: «[…] apartado 2, letra e), párrafo segundo, […]»,

léase: «[…] apartado 2, párrafo segundo, letra e), […]».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

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Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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