Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 10/2011 de la Comisión, de 14 de enero de 2011, sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2021-80265
Número oficial:
DOUE-L-2021-80265
Publicación:
04/03/2021
Departamento:
Unión Europea

En la página 7, en el considerando 46, tercera frase:

donde dice:

«[…] los materiales que se habían introducido en el mercado legítimamente […]»,

debe decir:

«[…] los materiales que se habían comercializado legítimamente […]».

En la página 7, en el artículo 2, apartado 1, frase introductoria:

donde dice:

«[…] los materiales y objetos de las siguientes categorías que se introduzcan en el mercado de la UE […]»,

debe decir:

«[…] los materiales y objetos de las siguientes categorías que se comercialicen en la UE […]».

En la página 7, en el artículo 2, apartado 2, frase introductoria:

donde dice:

«[…] los siguientes materiales y objetos que se introduzcan en el mercado de la UE […]»,

debe decir:

«[…] los siguientes materiales y objetos que se comercialicen en la UE […]».

En la página 8, en el título del artículo 4:

donde dice:

«Introducción en el mercado de materiales y objetos plásticos»,

debe decir:

«Comercialización de materiales y objetos plásticos».

En la página 8, en el artículo 4, frase introductoria:

donde dice:

«Los materiales y objetos plásticos solo podrán ser introducidos en el mercado […]»,

debe decir:

«Los materiales y objetos plásticos solo podrán ser comercializados […]».

En la página 13, en el artículo 22, apartado 2, frase introductoria:

donde dice:

«[…] los materiales, objetos y sustancias introducidos en el mercado […]»,

debe decir:

«[…] los materiales, objetos y sustancias comercializados […]».

En la página 13, en el artículo 22, apartado 5:

donde dice:

«[…] que hayan sido introducidos en el mercado legítimamente antes del 1 de mayo de 2011 podrán ser introducidos en el mercado hasta el 31 de diciembre de 2012 […]»,

debe decir:

«[…] que hayan sido comercializados legítimamente antes del 1 de mayo de 2011 podrán ser comercializados hasta el 31 de diciembre de 2012 […]».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

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Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

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Comunicación de la Comisión en la que se ofrecen orientaciones sobre las disposiciones nuevas o modificadas sustancialmente de la Directiva (UE) 2024/1275 relativa a la eficiencia energética de los edificios refundida.

Otros 18/12/2025

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