En la página 50, en el artículo 35, apartado 7, segunda frase:
donde dice:
«El Consejo podrá modificar por mayoría cualificada las propuestas de proyectos a que se refiere el apartado 4.»,
debe decir:
«El Consejo podrá modificar por mayoría cualificada las propuestas a que se refiere el apartado 3.».