Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/1009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, por el que se establecen disposiciones relativas a la puesta a disposición en el mercado de los productos fertilizantes UE y se modifican los Reglamentos (CE) nº 1069/2009 y (CE) nº 1107/2009 y se deroga el Reglamento (CE) nº 2003/2003.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2021-80138
Número oficial:
DOUE-L-2021-80138
Publicación:
11/02/2021
Departamento:
Unión Europea

1)

En el título del Reglamento, en los considerandos 1 (dos menciones), 9, 18 (dos menciones), 23, 36, y 70, y en el artículo 2, puntos 9, 10 y 23, artículo 3, apartados 1 y 3, título del artículo 5, artículo 11, letra b), artículo 38, apartado 4, artículo 41, apartado 2, y artículo 52:

donde dice:

«[…] puesta a disposición en el mercado […]»,

debe decir:

«[…] comercialización […]».

2)

En los considerandos 5 (dos menciones), 38, y en el artículo 6, apartado 4, segundo párrafo, y artículo 8, apartado 6:

donde dice:

«[…] puestos a disposición en el mercado […]»,

debe decir:

«[…] comercializados […]».

3)

En el considerando 5 in fine, en el artículo 1, letra a), artículo 9, apartado 1 y en el anexo I, parte II, epígrafe «CFP 7: MEZCLA DE PRODUCTOS FERTILIZANTES», apartado 4:

donde dice:

«[…] pongan a disposición en el mercado […]»,

debe decir:

«[…] comercialicen […]».

4)

En los considerandos 21, 50 y 56:

donde dice:

«[…] ponen a disposición en el mercado […]»,

debe decir:

«[…] comercializan […]».

5)

En el considerando 28, artículo 2, punto 8, artículo 6, punto 8, artículo 8, apartado 7, artículo 9, apartados 4 (tres menciones), y 5, artículo 38, apartado 3, y artículo 40, apartado 2:

donde dice:

«[…] puesto a disposición en el mercado […]»,

debe decir:

«[…] comercializado […]».

6)

En los considerandos 33, en el artículo 2, punto 2 y punto 14:

donde dice:

«[…] pone a disposición en el mercado […]»,

debe decir:

«[…] comercializa […]».

7)

En el artículo 5 y en el artículo 9, apartado 2:

donde dice:

«[…] poner a disposición en el mercado […]»,

debe decir:

«[…] comercializar […]».

8)

En el artículo 6, apartado 7, artículo 8, apartado 4, artículo 16, apartado 2, y artículo 40, apartado 1:

donde dice:

«[…] ponga a disposición en el mercado […]»,

debe decir:

«[…] comercialice […]».

9)

En la página 39, anexo I, parte II, CFP 1(A): Abono Orgánico, apartado 1, último párrafo:

donde dice:

«Un abono orgánico podrá contener leonardita o lignito pero ningún otro material fosilizado o embebido en formaciones geológicas.»,

debe decir:

«Un abono orgánico podrá contener turba, leonardita o lignito pero ningún otro material fosilizado o embebido en formaciones geológicas.».

10)

En la página 41, anexo I, parte II, CFP 1(B): Abono órgano-mineral, apartado 1, último párrafo:

donde dice:

«Los abonos órgano-minerales podrán contener leonardita y lignito, pero ningún otro material fosilizado o embebido en formaciones geológicas.»,

debe decir:

«Los abonos órgano-minerales podrán contener turba, leonardita y lignito, pero ningún otro material fosilizado o embebido en formaciones geológicas.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida