Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2021-80264
Número oficial:
DOUE-L-2021-80264
Publicación:
04/03/2021
Departamento:
Unión Europea

1) En la página 14, en el considerando 71, segunda frase:

donde dice:

«[…] Este tipo de tratamiento incluye la elaboración de perfiles consistente en cualquier forma de tratamiento de los datos personales que evalúe aspectos personales relativos a una persona física, en particular para analizar o predecir aspectos relacionados con el rendimiento en el trabajo, la situación económica, la salud, las preferencias o intereses personales, la fiabilidad o el comportamiento, la situación o los movimientos del interesado, en la medida en que produzca efectos jurídicos en él o le afecte significativamente de modo similar. […]»,

debe decir:

«[…] Este tipo de tratamiento incluye la elaboración de perfiles consistente en cualquier forma de tratamiento automatizado de los datos personales que evalúe aspectos personales relativos a una persona física, en particular para analizar o predecir aspectos relacionados con el rendimiento en el trabajo, la situación económica, la salud, las preferencias o intereses personales, la fiabilidad o el comportamiento, la situación o los movimientos del interesado, en la medida en que produzca efectos jurídicos en él o le afecte significativamente de modo similar. […]».

2) En la página 38, en el artículo 9, apartado 2, letra b):

donde dice:

«b) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos específicos del responsable del tratamiento o del interesado en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social, en la medida en que así lo autorice el Derecho de la Unión de los Estados miembros […]»,

debe decir:

«b) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos específicos del responsable del tratamiento o del interesado en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social, en la medida en que así lo autorice el Derecho de la Unión o de los Estados miembros […]».

3) En la página 40, en el artículo 12, apartado 3, primera frase:

donde dice:

«3.   El responsable del tratamiento facilitará al interesado información relativa a sus actuaciones sobre la base de una solicitud con arreglo a los artículos 15 a 22, y, en cualquier caso, en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud. […]»,

debe decir:

«3.   El responsable del tratamiento facilitará al interesado información relativa a sus actuaciones sobre la base de una solicitud con arreglo a los artículos 15 a 22, sin dilación indebida y, en cualquier caso, en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud. […]».

4) En la página 41, en el artículo 13, apartado 1, letra f), al final:

donde dice:

«[…] y a los medios para obtener una copia de estas o al hecho de que se hayan prestado.»,

debe decir:

«[…] y a los medios para obtener una copia de estas o al lugar en que se hayan puesto a disposición.».

5) En la página 41, en el artículo 13, apartado 2, letra e):

donde dice:

«e) si la comunicación de datos personales es un requisito legal o contractual, o un requisito necesario para suscribir un contrato, y si el interesado está obligado a facilitar los datos personales y está informado de las posibles consecuencias de que no facilitar tales datos;»,

debe decir:

«e) si la comunicación de datos personales es un requisito legal o contractual, o un requisito necesario para suscribir un contrato, y si el interesado está obligado a facilitar los datos personales y está informado de las posibles consecuencias de no facilitar tales datos;».

6) En la página 41, en el artículo 13, apartado 2, letra f):

donde dice:

«f) la existencia de decisiones automatizas, incluida la elaboración de perfiles, […]»,

debe decir:

«f) la existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, […]».

7) En la página 42, en el artículo 14, apartado 1, letra f), al final:

donde dice:

«[…] garantías adecuadas o apropiadas y a los medios para obtener una copia de ellas o al hecho de que se hayan prestado.»,

debe decir:

«[…] garantías adecuadas o apropiadas y a los medios para obtener una copia de estas o al lugar en que se hayan puesto a disposición.».

8) En la página 42, en el artículo 14, apartado 5, letra d), al final:

donde dice:

«[…], incluida una obligación de secreto de naturaleza estatutaria.»,

debe decir:

«[…], incluida una obligación de secreto de naturaleza legal.».

9) En la página 43, en el artículo 15, apartado 1, letra c):

donde dice:

«c) los destinatarios o las categorías de destinatarios a los que se comunicaron o serán comunicados los datos personales, en particular destinatarios en terceros u organizaciones internacionales;»,

debe decir:

«c) los destinatarios o las categorías de destinatarios a los que se comunicaron o serán comunicados los datos personales, en particular destinatarios en terceros países u organizaciones internacionales;».

10) En la página 44, en el artículo 18, apartado 1, letra a):

donde dice:

«a) el interesado impugne la exactitud de los datos personales, durante un plazo que permita al responsable verificar la exactitud de los mismos;»,

debe decir:

«a) el interesado impugne la exactitud de los datos personales en un plazo que permita al responsable verificar la exactitud de los mismos;».

11) En la página 47, en el artículo 23, apartado 2, letra f):

donde dice:

«f) los plazos de conservación y las garantías aplicables habida cuenta de la naturaleza alcance y objetivos del tratamiento o las categorías de tratamiento;»,

debe decir:

«f) los plazos de conservación y las garantías aplicables habida cuenta de la naturaleza, alcance y objetivos del tratamiento o las categorías de tratamiento;»,

12) En la página 49, en el artículo 28, apartado 1:

donde dice:

«1.   Cuando se vaya a realizar un tratamiento por cuenta de un responsable del tratamiento, este elegirá únicamente un encargado que ofrezca garantías suficientes para aplicar medidas técnicas y organizativas apropiados, de manera que el tratamiento sea conforme con los requisitos del presente Reglamento y garantice la protección de los derechos del interesado.»,

debe decir:

«1.   Cuando se vaya a realizar un tratamiento por cuenta de un responsable del tratamiento, este elegirá únicamente un encargado que ofrezca garantías suficientes para aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas, de manera que el tratamiento sea conforme con los requisitos del presente Reglamento y garantice la protección de los derechos del interesado.».

13) En la página 49, en el artículo 28, apartado 3, letra b):

donde dice:

«b) garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales se hayan comprometido a respetar la confidencialidad o estén sujetas a una obligación de confidencialidad de naturaleza estatutaria;»,

debe decir:

«b) garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales se hayan comprometido a respetar la confidencialidad o estén sujetas a una obligación de confidencialidad de naturaleza legal;».

14) En la página 49, en el artículo 28, apartado 3, letra e):

donde dice:

«e) asistirá al responsable, teniendo cuenta la naturaleza del tratamiento, […]»,

debe decir:

«e) asistirá al responsable, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento, […]».

15) En la página 54, en el artículo 36, apartado 1, al final:

donde dice:

«[…] si el responsable no toma medidas para para mitigarlo.»,

debe decir:

«[…] si el responsable no toma medidas para mitigarlo.».

16) En la página 69, en el artículo 58, apartado 2, letras a) y b):

donde dice:

«a) sancionar a todo responsable o encargado del tratamiento con una advertencia cuando las operaciones de tratamiento previstas puedan infringir lo dispuesto en el presente Reglamento;

b) sancionar a todo responsable o encargado del tratamiento con apercibimiento cuando las operaciones de tratamiento hayan infringido lo dispuesto en el presente Reglamento;»,

debe decir:

«a) dirigir a todo responsable o encargado del tratamiento una advertencia cuando las operaciones de tratamiento previstas puedan infringir lo dispuesto en el presente Reglamento;

b) dirigir a todo responsable o encargado del tratamiento un apercibimiento cuando las operaciones de tratamiento hayan infringido lo dispuesto en el presente Reglamento;».

17) En la página 82, en el artículo 83, apartado 4, letra c):

donde dice:

«c) las obligaciones de la autoridad de control a tenor del artículo 41, apartado 4.»,

debe decir:

«c) las obligaciones del organismo de supervisión a tenor del artículo 41, apartado 4.».

18) En la página 84, en el artículo 88, apartado 1, al final:

donde dice:

«[…], protección de los bienes de empleados o clientes, así como a efectos del ejercicio y disfrute, individual o colectivo, de los derechos y prestaciones relacionados con el empleo y a efectos de la extinción de la relación laboral.»,

debe decir:

«[…], protección de los bienes de empleadores o clientes, así como a efectos del ejercicio y disfrute, individual o colectivo, de los derechos y prestaciones relacionados con el empleo y a efectos de la extinción de la relación laboral.».

19) En la página 85, en el artículo 89, apartado 2, al final:

donde dice:

«[…], siempre que sea probable que esos derechos imposibiliten u obstaculicen gravemente el logro de los fines científicos y cuanto esas excepciones sean necesarias para alcanzar esos fines.»,

debe decir:

«[…], siempre y cuando sea probable que esos derechos imposibiliten u obstaculicen gravemente el logro de los fines científicos y cuando esas excepciones sean necesarias para alcanzar esos fines.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

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Reglamento 07/05/2026

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Recomendación 08/05/2026

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