Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) nº 1014/2014 de la Comisión, de 22 de julio de 2014, que complementa el Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 2328/2003, (CE) nº 861/2006, (CE) nº 1198/2006 y (CE) nº 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) nº 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al contenido y la construcción de un sistema común de seguimiento y evaluación de las operaciones financiadas en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2015-82040
Número oficial:
DOUE-L-2015-82040
Publicación:
07/10/2015
Departamento:
Unión Europea

En la página 15, en el anexo, en la parte II, «Indicadores de realizaciones»:

donde dice:

«Prioridad de la Unión 1 — Fomentar una pesca sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento (número de proyectos) (* indicadores pertinentes también para los proyectos relativos a la pesca continental)»,

debe decir:

«Prioridad de la Unión 1 — Fomentar una pesca sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento (número de operaciones) (* indicadores pertinentes también para las operaciones relativas a la pesca continental)».

En la página 16, en el anexo, en la parte II, «Indicadores de realizaciones»:

1)donde dice:

«Prioridad de la Unión 2 — Fomentar una acuicultura sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento (número de proyectos)»,

debe decir:

«Prioridad de la Unión 2 — Fomentar una acuicultura sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento (número de operaciones)»;

2)donde dice:

«Prioridad de la Unión 3 — Fomentar la aplicación de la PPC: Control y recopilación de datos (número de proyectos)»,

debe decir:

«Prioridad de la Unión 3 — Fomentar la aplicación de la PPC: Control y recopilación de datos (número de operaciones)»;

3)donde dice:

«Prioridad de la Unión 4 — Aumentar el empleo y la cohesión territorial (número de proyectos, excepto 1)»,

debe decir:

«Prioridad de la Unión 4 — Aumentar el empleo y la cohesión territorial (número de operaciones, excepto 1)».

En la página 17, en el anexo, en la parte II, «Indicadores de realizaciones»:

1)donde dice:

«Prioridad de la Unión 5 — Fomentar la comercialización y la transformación (número de proyectos, excepto 1 y 4)»,

debe decir:

«Prioridad de la Unión 5 — Fomentar la comercialización y la transformación (número de operaciones, excepto 1 y 4)»;

2)donde dice:

«Prioridad de la Unión 6 — Fomentar la aplicación de la Política Marítima Integrada (número de proyectos)»,

debe decir:

«Prioridad de la Unión 6 — Fomentar la aplicación de la Política Marítima Integrada (número de operaciones)».

En la página 19, en el anexo, en la parte II, en la nota a pie de página 10:

donde dice:

«Incluidos los proyectos en virtud de la medida pertinente del FEMP que puedan contribuir a alcanzar los objetivos de lograr y mantener un buen estado del medio ambiente, como exige la Directiva 2008/56/CE.»,

debe decir:

«Incluidas las operaciones en virtud de la medida pertinente del FEMP que puedan contribuir a alcanzar los objetivos de lograr y mantener un buen estado del medio ambiente, como exige la Directiva 2008/56/CE.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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