Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2015/35 de la Comisión, de 10 de octubre de 2014, por el que se completa la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (Solvencia II).

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2016-81341
Número oficial:
DOUE-L-2016-81341
Publicación:
29/07/2016
Departamento:
Unión Europea

En la página 42, en el artículo 49, apartado 2, párrafo primero:

donde dice:

«2. que, respecto de cada moneda, los activos sean representativos de las inversiones realizadas por las empresas de seguros y reaseguros en la moneda en cuestión para cubrir la mejor estimación de las obligaciones de seguro y reaseguro denominadas en dicha moneda; y que, respecto de cada país, los activos sean representativos de las inversiones realizadas por las empresas de seguros y reaseguros en el país en cuestión para cubrir la mejor estimación de las obligaciones de seguro y reaseguro vendidas en el mercado de seguros de dicho país y denominadas en su moneda;»,

debe decir:

«2. Con respecto a cada moneda y cada país, los activos de la cartera de referencia se valorarán con arreglo al artículo 10, apartado 1, y se negociarán en mercados que, salvo en períodos de crisis de liquidez, se ajusten a lo dispuesto en el artículo 40, apartado 3. Podrán incluirse en la cartera instrumentos financieros negociados en mercados que temporalmente dejen de cumplir lo dispuesto en el apartado 3, siempre que se prevea que dichos mercados volverán a cumplir los criterios en un plazo razonable.».

En la página 42, en el artículo 49, apartado 2, letra a):

donde dice:

«a)

que, respecto de cada moneda, los activos sean representativos de las inversiones realizadas por las empresas de seguros y reaseguros en la moneda en cuestión para cubrir la mejor estimación de las obligaciones de seguro y reaseguro denominadas en dicha moneda; y que, respecto de cada país, los activos sean representativos de las inversiones realizadas por las empresas de seguros y reaseguros en el país en cuestión para cubrir la mejor estimación de las obligaciones de seguro y reaseguro vendidas en el mercado de seguros de dicho país y denominadas en su moneda;»,

debe decir:

«3. Con respecto a cada moneda y cada país, la cartera de referencia de activos cumplirá todos los requisitos siguientes:

a)

que, respecto de cada moneda, los activos sean representativos de las inversiones realizadas por las empresas de seguros y reaseguros en la moneda en cuestión para cubrir la mejor estimación de las obligaciones de seguro y reaseguro denominadas en dicha moneda; y que, respecto de cada país, los activos sean representativos de las inversiones realizadas por las empresas de seguros y reaseguros en el país en cuestión para cubrir la mejor estimación de las obligaciones de seguro y reaseguro vendidas en el mercado de seguros de dicho país y denominadas en su moneda;».

En la página 43, en el artículo 49, párrafo último:

donde dice:

«For the purposes of points (a) and (b), investments of insurance and reinsurance undertakings in collective investment undertakings and other investments packaged as funds shall be treated as investments in the underlying assets.»,

debe decir:

«A efectos de las letras a) y b), las inversiones de las empresas de seguros y reaseguros en organismos de inversión colectiva y otras inversiones en forma de fondos se tratarán como inversiones en los activos subyacentes.».

En la página 107, en el artículo 166, apartado 2:

donde dice:

«2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, en el caso de los tipos de interés sin riesgo básicos negativos, la disminución será nula.»,

debe decir:

«2. En cualquier caso, el incremento de los tipos de interés sin riesgo básicos en cualquier vencimiento será de, al menos, un punto porcentual.».

En la página 228, en el anexo I, parte C, título:

donde dice:

«Obligaciones de reaseguro proporcional distinto del de vida»,

debe decir:

«Obligaciones de reaseguro no proporcional distinto del de vida».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida