Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) nº 351/2011 de la Comisión, de 11 de abril de 2011, que modifica el Reglamento (UE) nº 297/2011, por el que se imponen condiciones especiales a la importación de piensos y alimentos originarios o procedentes de Japón a raíz del accidente en la central nuclear de Fukushima.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2011-80784
Número oficial:
DOUE-L-2011-80784
Publicación:
13/04/2011
Departamento:
Unión Europea

En la página 23, el anexo II se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO II

Tolerancias máximas para los alimento ( 1 ) (Bq/kg)

Alimentos para lactantes y niños pequeños

Leche y productos lácteos

Otros alimentos, salvo los alimentos líquidos

Alimentos líquidos

Suma de isótopos de estroncio, en particular el Sr-90

75

125

750

125

Suma de isótopos de yodo, en particular el I-131

100 ( 1 )

300 ( 1 )

2 000

300 ( 1 )

Suma de los isótopos de plutonio y elementos transplutónicos emisores de radiación alfa, en particular el Pu-239 y Am- 241

1

1 ( 1 )

10 ( 1 )

1 ( 1 )

Suma de todos los demás nucleidos de media vida superior a diez días, en particular el Cs- 134 y el Cs-137, salvo el C-14 y el H-3.

200 ( 1 )

200 ( 1 )

500 ( 1 )

200 ( 1 )

___________________

( 1 ) Para garantizar la coherencia con los umbrales de intervención aplicados actualmente en Japón, estas tolerancias sustituyen provisionalmente a las tolerancias establecidas en el Reglamento (Euratom) n o 3954/87 del Consejo.

Tolerancias máximas para los alimento ( 2 ) (Bq/kg)

Alimentos

Suma de Cs-134 y Cs-137

500 ( 1 )

Suma de isótopos de yodo, en particular el I-131

2 000 ( 2 )

( 1 ) Para garantizar la coherencia con los umbrales de intervención aplicados actualmente en Japón, esta tolerancia sustituye provisionalmente a la tolerancia establecidas en el Reglamento (Euratom) n o 770/90 del Consejo.

( 2 ) Esta tolerancia se establece de manera provisional y se considera que es la misma que para los piensos, a la espera de una evaluación de los factores de transferencia de yodo de los pienso a los alimentos.

___________

( 1 ) La tolerancia aplicable a los productos concentrados o desecados se calcula sobre la base del producto reconstituido y listo para el consumo.

( 2 ) La tolerancia máxima se refiere a un pienso con un contenido de humedad del 12 %.»

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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