Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/26 de la Comisión, de 30 de octubre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las inscripciones en el registro, las modificaciones, las cancelaciones, la ejecución de la protección, el etiquetado y la comunicación en relación con las indicaciones geográficas y las especialidades tradicionales garantizadas, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/34 en lo que respecta a las indicaciones geográficas del sector vitivinícola y por el que se derogan los Reglamentos de Ejecución (UE) nº 668/2014 y (UE) 2021/1236.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-80966
Número oficial:
DOUE-L-2025-80966
Publicación:
27/06/2025
Departamento:
Unión Europea

En la página 63, en el anexo XVII, puntos 1 y 2:

donde dice:

«1.   Símbolos de la Unión en color

Cuando se reproduzcan en color, se podrán utilizar colores directos (Pantone) o cuatricromía. Los colores de referencia son los que se indican a continuación.

Símbolos de la Unión en Pantone:

 

 

 

 

 

 

Símbolos de la Unión en cuatricromía:

 

 

 

 

 

 

Contraste con los colores de fondo

En caso de que el símbolo resulte difícil de ver debido al color utilizado en el símbolo o en el fondo de este, se usará un círculo de delimitación alrededor del símbolo para su mejor contraste con el color del fondo.

 

 

2.   Símbolos de la Unión en blanco y negro

El uso de los símbolos en blanco y negro únicamente se autorizará cuando el blanco y el negro sean los únicos colores de tinta utilizados en el envase.

Cuando se utilicen en blanco y negro, los símbolos de la Unión se reproducirán como sigue:

 

 

Símbolos de la Unión en blanco y negro en negativo

Si el fondo del envase o la etiqueta es oscuro, podrán utilizarse los símbolos en formato negativo como sigue:

 

»,

 

debe decir:

«1.   Símbolos de la Unión en color

Cuando se reproduzcan en color, se podrán utilizar colores directos (Pantone) o cuatricromía. Los colores de referencia son los que se indican a continuación.

Símbolos de la Unión en Pantone:

 

 

 

 

 

 

Símbolos de la Unión en cuatricromía:

 

 

 

 

 

 

Contraste con los colores de fondo

En caso de que el símbolo resulte difícil de ver debido al color utilizado en el símbolo o en el fondo de este, se usará un círculo de delimitación alrededor del símbolo para su mejor contraste con el color del fondo.

 

 

2.   Símbolos de la Unión en blanco y negro

El uso de los símbolos en blanco y negro únicamente se autorizará cuando el blanco y el negro sean los únicos colores de tinta utilizados en el envase.

Cuando se utilicen en blanco y negro, los símbolos de la Unión se reproducirán como sigue:

 

 

Símbolos de la Unión en blanco y negro en negativo

Si el fondo del envase o la etiqueta es oscuro, podrán utilizarse los símbolos en formato negativo como sigue:

 

».

 

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

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