Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/453 de la Comisión, de 15 de marzo de 2021, por el que se establecen normas técnicas de ejecución orientadas a la aplicación del Reglamento (UE) nº 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los requisitos específicos de presentación de información por riesgo de mercado.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2021-80391
Número oficial:
DOUE-L-2021-80391
Publicación:
26/03/2021
Departamento:
Unión Europea

Se añade el siguiente anexo III tras el anexo II del Reglamento:

«ANEXO III

Parte I: Modelo de puntos de datos único

Todos los elementos contenidos en los anexos I y II se transformarán en un modelo de puntos de datos único, que será la base de los sistemas informáticos uniformes de las entidades y las autoridades competentes.

El modelo de puntos de datos único:

a) proveerá una representación estructurada de todos los datos contenidos en el anexo I;

b) identificará todos los conceptos de actividad especificados en los anexos I y II;

c) proporcionará un diccionario de datos que compile los siguientes nombres:

 i) cuadros;

 ii) eje de ordenadas;

 iii) eje de abscisas;

 iv) dominio;

 v) dimensión, y

 vi) miembro;

d) ofrecerá unidades de medida que definan la propiedad o el importe de los puntos de datos;

e) facilitará definiciones de puntos de datos que se expresen como una composición de características que identifiquen inequívocamente el concepto;

f) contendrá todas las especificaciones técnicas pertinentes necesarias para el desarrollo de soluciones de notificación informáticas que arrojen datos de supervisión uniformes.

Parte II: Normas de validación

Los datos contenidos en los anexos I y II estarán sujetos a normas de validación que garanticen la calidad y la coherencia de los datos.

Las normas de validación:

a) definirán las relaciones lógicas entre los puntos de datos pertinentes;

b) incluirán filtros y condiciones previas que definan un conjunto de datos al que se aplique una norma de validación;

c) verificarán la coherencia de los datos notificados;

d) verificarán la exactitud de los datos notificados;

e) establecerán valores por defecto que se aplicarán cuando no se presente la información pertinente.

».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

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Otros 18/12/2025

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