Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 76/2006 de la Comisión, de 17 de enero de 2006, que modifica por sexagésima primera vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 467/2001 del Consejo.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2006-80356
Número oficial:
DOUE-L-2006-80356
Publicación:
24/02/2006
Departamento:
Unión Europea

1) En la página 9, en el punto 1, bajo «Información complementaria»:

en lugar de: «c) Número de IVA: BE 454,419,759»,

léase: «c) Número de IVA: BE 454 419 759».

2) En la página 10, en el punto 7, en el párrafo segundo:

en lugar de: «Dirección: b) Via Dopini 3, Gallarati, Italia»,

léase: «Dirección: b) Via Dopini 3, Gallarate, Italia».

3) En la página 10, en el punto 8, en el párrafo segundo:

en lugar de: «b) 129 Park Road, NW8, Londres Inglaterra»,

léase: «b) 129 Park Road, Londres NW8, Inglaterra».

4) En la página 10, en el punto 9, en el párrafo segundo:

en lugar de: « (pasaporte tunecino expedido el 10.6.1996 que expiró el 9.7.2001)»,

léase: « (pasaporte tunecino expedido el 10.6.1996 que expiró el 9.6.2001)».

5) En la página 11, en los puntos 12 y 17, en el párrafo segundo, así como en la página 12, en los puntos 20 y 25, en el párrafo segundo:

en lugar de: «Lugar de nacimiento: Menzel Temine, Túnez»,

léase: «Lugar de nacimiento: Menzel Temime, Túnez».

6) En la página 13, en el punto 28, en el párrafo segundo:

en lugar de: « (pasaporte tunecino expedido el 27.4.1999)»,

léase: « (pasaporte tunecino expedido el 27.4.1999 que expiró el 26.4.2004)».

7) En la página 14, en el punto 33, en el párrafo segundo:

en lugar de: «código fiscal italiano: a) DRR KML 67L22 Z352Q»,

léase: «código fiscal italiano: a) DDR KML 67L22 Z352Q».

8) En la página 14, en el punto 34, en el párrafo segundo:

en lugar de: « (pasaporte tunecino expedido el 14.12.1995 que expiró el 13.2.2000)»,

léase: « (pasaporte tunecino expedido el 14.2.1995 que expiró el 13.2.2000)».

9) En la página 14, en el punto 36, en el párrafo segundo:

en lugar de: «c)»,

léase: «b)».

10) En la página 14, en el punto 38, en el párrafo segundo:

en lugar de: «Información complementaria: también identificado como Ben Narvan Abdel Aziz, …)», léase: «Información complementaria: también identificado como Abdel Aziz Ben Narvan,…)».

11) En la página 15, en el punto 44, en el párrafo segundo:

en lugar de: « (pasaporte tunecino expedido el 28.11.2001 que expira el 27.9.2006)», léase: « (pasaporte tunecino expedido el 28.9.2001 que expira el 27.9.2006)».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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