Corrección de errores de la Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-81810
Número oficial:
DOUE-L-2025-81810
Publicación:
26/11/2025
Departamento:
Unión Europea

 

1) En la página 9, artículo 1, punto 1, letra c) (artículo 3, punto 30, de la Directiva 2011/16/UE):

donde dice:

«30)

“dirección de registro distribuido”: la dirección de registro distribuido a que se refiere el Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo (*1);

[…]

debe decir:

«30)

“dirección de registro distribuido”: la dirección de registro distribuido a que se refiere el Reglamento (UE) 2023/1113 del Parlamento Europeo y del Consejo (*2);

[…]

2) En la página 12, artículo 1, punto 6 [artículo 8 bis quinquies, apartado 3, letra c), inciso ix), de la Directiva 2011/16/UE]:

donde dice:

«ix)

el valor de mercado agregado, así como el número agregado de unidades de “transferencias” realizadas por el “proveedor de servicios de criptoactivos obligado a comunicar información” a direcciones de registro distribuido a las que se refiere el Reglamento (UE) 2023/1114 a las que no se les conoce asociación alguna con un proveedor de servicios de activos virtuales ni con una institución financiera.»,

debe decir:

«ix)

el valor de mercado agregado, así como el número agregado de unidades de “transferencias” realizadas por el “proveedor de servicios de criptoactivos obligado a comunicar información” a direcciones de registro distribuido, tal como se definen en el artículo 3, punto 18, del Reglamento (UE) 2023/1113, a las que no se les conoce asociación alguna con un proveedor de servicios de activos virtuales ni con una institución financiera.».

3) En la página 21, anexo I, punto 4, letra b) (anexo I, sección VIII, apartado A, subapartado 12, de la Directiva 2011/16/UE):

donde dice:

«12.

Por “criptoactivo” se entiende un criptoactivo tal como se define en el artículo 3, apartado 1, punto 5, del Reglamento (UE) 2023/1114.»,

debe decir:

«12.

Por “criptoactivo” se entiende un criptoactivo tal como se define en el artículo 3, apartado 1, punto 5, del Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo (*3).

[…]

4) En la página 27, anexo III [anexo VI, sección II, apartado B, subapartado 3, letra i), de la Directiva 2011/16/UE]:

donde dice:

«i)

el valor de mercado agregado, así como el número agregado de unidades de “transferencias” realizadas por el “proveedor de servicios de criptoactivos obligado a comunicar información” a aquellas direcciones de registro distribuido del Reglamento (UE) 2023/1114 a las que no se les conoce asociación alguna con un proveedor de servicios de activos virtuales ni con una institución financiera.»,

debe decir:

«i)

el valor de mercado agregado, así como el número agregado de unidades de “transferencias” realizadas por el “proveedor de servicios de criptoactivos obligado a comunicar información” a aquellas direcciones de registro distribuido, tal como se definen en el artículo 3, punto 18, del Reglamento (UE) 2023/1113, a las que no se les conoce asociación alguna con un proveedor de servicios de activos virtuales ni con una institución financiera.».

(*1)  Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010 y (UE) n.o 1095/2010 y las Directivas 2013/36/UE y (UE) 2019/1937 (DO L 150 de 9.6.2023, p. 40).».,

(*2)  Reglamento (UE) 2023/1113 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos y de determinados criptoactivos y por el que se modifica la Directiva (UE) 2015/849 (DO L 150 de 9.6.2023, p. 1).»..

(*3)  Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010 y (UE) n.o 1095/2010 y las Directivas 2013/36/UE y (UE) 2019/1937 (DO L 150 de 9.6.2023, p. 40).».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

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Reglamento 06/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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