Corrección de errores de la Decisión (UE, Euratom) 2017/46 de la Comisión, de 10 de enero de 2017, sobre la seguridad de los sistemas de información y comunicación de la Comisión Europea .

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2017-82031
Número oficial:
DOUE-L-2017-82031
Publicación:
11/10/2017
Departamento:
Unión Europea

En la página 44, en el artículo 3, en la última frase:

donde dice:

«Los procesos relacionados con estos principios y actividades deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación.»,

debe decir:

«8. Los procesos relacionados con las responsabilidades y actividades mencionadas en los apartados 1 a 7 deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación de conformidad con el artículo 13.».

En la página 45, en el artículo 5, en la última frase:

donde dice:

«Los procesos relacionados con estas responsabilidades y actividades deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación.»,

debe decir:

«8. Los procesos relacionados con las responsabilidades y actividades mencionadas en los apartados 1 a 7 deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación de conformidad con el artículo 13.».

En la página 45, en el artículo 6, en el punto 7:

donde dice:

«7)elaborar las correspondientes directrices y normas de seguridad informática en relación con el artículo 6, en estrecha cooperación con la Dirección General de Informática.»,

debe decir:

«7)elaborar las correspondientes directrices y normas de seguridad informática mencionadas en los puntos 1 a 6, en estrecha cooperación con la Dirección General de Informática.».

En la página 45, en el artículo 6, en la última frase:

donde dice:

«Los procesos relacionados con estas responsabilidades y actividades deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación.»,

debe decir:

«8)Los procesos relacionados con las responsabilidades y actividades mencionadas en los puntos 1 a 7 deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación de conformidad con el artículo 13.».

En la página 46, en el artículo 7, en la última frase:

donde dice:

«Los procesos conexos y responsabilidades más detalladas se definirán pormenorizadamente mediante disposiciones de aplicación.»,

debe decir:

«15)Los procesos relacionados con las responsabilidades y actividades mencionadas en los puntos 1 a 14 deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación de conformidad con el artículo 13.».

En la página 46, en el artículo 8, en la última frase:

donde dice:

«Los procesos relacionados con estas responsabilidades y actividades deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación.»,

debe decir:

«11)Los procesos relacionados con las responsabilidades y actividades mencionadas en los puntos 1 a 10 deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación de conformidad con el artículo 13.».

En la página 47, en el artículo 9, apartado 3, en el segundo párrafo:

donde dice:

«Los procesos relacionados con estas responsabilidades y actividades deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación.»,

debe decir:

«4. Los procesos relacionados con las responsabilidades y actividades mencionadas en los apartados 1 a 3 deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación de conformidad con el artículo 13.».

En la página 48, en el artículo 10, apartado 3, en el segundo párrafo:

donde dice:

«Los procesos relacionados con estas responsabilidades y actividades deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación.»,

debe decir:

«4. Los procesos relacionados con las responsabilidades y actividades mencionadas en los apartados 1 a 3 deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación de conformidad con el artículo 13.».

En la página 48, en el artículo 11:

donde dice:

«Por lo que se refiere a la seguridad informática, el LISO deberá:

a)identificar de manera proactiva a los propietarios de sistemas, los propietarios de datos y otras funciones con responsabilidades de seguridad informática en los servicios de la Comisión e informarles acerca de la política de seguridad informática;

b)servir de enlace sobre cuestiones relacionadas con la seguridad informática en los servicios de la Comisión con la Dirección General de Informática, en el marco de la red de LISO;

c)asistir a las reuniones periódicas de LISO;

d)mantener una visión general del proceso de gestión de riesgos para la seguridad de la información y del desarrollo y aplicación de los planes de seguridad del sistema de información;

e)asesorar a los propietarios de datos, a los propietarios de sistemas y a los jefes de los servicios de la Comisión sobre temas relacionados con la seguridad informática;

f)cooperar con la Dirección General de Informática en la difusión de buenas prácticas de seguridad informática y proponer programas específicos de sensibilización y programas de formación;

g)presentar al jefe del servicio o los servicios de la Comisión informes sobre la seguridad informática, las carencias detectadas y las posibles mejoras.

Los procesos relacionados con estas responsabilidades y actividades deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación.»,

debe decir:

«1. Por lo que se refiere a la seguridad informática, el LISO deberá:

a)identificar de manera proactiva a los propietarios de sistemas, los propietarios de datos y otras funciones con responsabilidades de seguridad informática en los servicios de la Comisión e informarles acerca de la política de seguridad informática;

b)servir de enlace sobre cuestiones relacionadas con la seguridad informática en los servicios de la Comisión con la Dirección General de Informática, en el marco de la red de LISO;

c)asistir a las reuniones periódicas de los LISO;

d)mantener una visión general del proceso de gestión de riesgos para la seguridad de la información y del desarrollo y aplicación de los planes de seguridad del sistema de información;

e)asesorar a los propietarios de datos, a los propietarios de sistemas y a los jefes de los servicios de la Comisión sobre temas relacionados con la seguridad informática;

f)cooperar con la Dirección General de Informática en la difusión de buenas prácticas de seguridad informática y proponer programas específicos de sensibilización y programas de formación;

g)presentar al jefe del servicio o los servicios de la Comisión informes sobre la seguridad informática, las carencias detectadas y las posibles mejoras.

2. Los procesos relacionados con las responsabilidades y actividades mencionadas en el apartado 1 deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación de conformidad con el artículo 13.».

En la página 48, en el artículo 12, apartado 2, en el segundo párrafo:

donde dice:

«Los procesos relacionados con estas responsabilidades y actividades deberán pormenorizarse en disposiciones de aplicación.»,

debe decir:

«3. Los procesos relacionados con las responsabilidades y actividades mencionadas en los apartados 1 y 2 deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación de conformidad con el artículo 13.».

En la página 49, en el artículo 13, apartado 1:

donde dice:

«La adopción de las disposiciones de aplicación relativas al artículo 6, así como de las correspondientes normas y directrices, será objeto de una decisión de habilitación de la Comisión en favor del miembro de la Comisión responsable de los asuntos de seguridad.»,

debe decir:

«La adopción de las disposiciones de aplicación relativas al artículo 6, punto 2), así como de las correspondientes normas y directrices, podrá ser objeto de una decisión de habilitación de la Comisión en favor del miembro de la Comisión responsable de los asuntos de seguridad.».

En la página 49, en el artículo 13, apartado 2:

donde dice:

«La adopción de todas las demás disposiciones de aplicación relativas a la presente Decisión, así como de las correspondientes normas y directrices de seguridad informática, será objeto de una decisión de habilitación de la Comisión en favor del miembro de la Comisión responsable de la informática.»,

debe decir:

«La adopción de todas las demás disposiciones de aplicación relativas a la presente Decisión, así como de las correspondientes normas y directrices de seguridad informática, podrá ser objeto de una decisión de habilitación de la Comisión en favor del miembro de la Comisión responsable de la informática.».

En la página 49, en el artículo 14, apartado 5, en el segundo párrafo:

donde dice:

«Los procesos relacionados con estas responsabilidades y actividades deberán pormenorizarse en disposiciones de aplicación.»,

debe decir:

«6. Los procesos relacionados con las responsabilidades y actividades mencionadas en los apartados 1 a 5 deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación de conformidad con el artículo 13.».

En la página 50, en el artículo 15, apartado 14, en el segundo párrafo:

donde dice:

«Los procesos relacionados con estas responsabilidades y actividades deberán pormenorizarse en disposiciones de aplicación.»,

debe decir:

«15. Los procesos relacionados con las responsabilidades y actividades mencionadas en los apartados 1 a 14 deberán pormenorizarse mediante disposiciones de aplicación de conformidad con el artículo 13.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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