Corrección de errores de la Decisión (UE) 2024/2704 del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y Bosnia y Herzegovina sobre la cooperación entre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y las autoridades competentes en el ámbito de la cooperación judicial en materia penal de Bosnia y Herzegovina.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-80776
Número oficial:
DOUE-L-2025-80776
Publicación:
26/05/2025
Departamento:
Unión Europea

 

1. En la página 1, en el título:

donde dice:

«DECISIÓN (UE) 2024/2704 DEL CONSEJO de 10 de octubre de 2024 relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y Bosnia y Herzegovina sobre la cooperación entre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y las autoridades competentes en el ámbito de la cooperación judicial en materia penal de Bosnia y Herzegovina.»,

debe decir:

«DECISIÓN (UE) 2024/2704 DEL CONSEJO de 10 de octubre de 2024 relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y Bosnia y Herzegovina sobre la cooperación entre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y las autoridades competentes de Bosnia y Herzegovina en el ámbito de la cooperación judicial en materia penal.».

2. En la página 1, en el considerando 3:

donde dice:

«(3)

El 1 de marzo de 2021, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con Bosnia y Herzegovina para la celebración de un acuerdo de cooperación entre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y las autoridades competentes en el ámbito de la cooperación judicial en materia penal de Bosnia y Herzegovina (en lo sucesivo, “Acuerdo”).»,

debe decir:

«(3)

El 1 de marzo de 2021, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con Bosnia y Herzegovina para la celebración de un acuerdo de cooperación entre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y las autoridades competentes de Bosnia y Herzegovina en el ámbito de la cooperación judicial en materia penal (en lo sucesivo, “Acuerdo”).».

3. En la página 1, en el considerando 4:

donde dice:

«(4)

Las negociaciones sobre el Acuerdo entre la Unión Europea y Bosnia y Herzegovina sobre la cooperación entre Eurojust y las autoridades competentes en el ámbito de la cooperación judicial en materia penal de Bosnia y Herzegovina concluyeron con éxito a nivel de los equipos de negociación, en enero de 2024. Tras la aprobación de los Estados miembros el 22 de marzo de 2024 del texto a nivel técnico, Bosnia y Herzegovina dio su aprobación definitiva el 10 de abril de 2024.»,

debe decir:

«(4)

Las negociaciones del Acuerdo entre la Unión Europea y Bosnia y Herzegovina sobre la cooperación entre Eurojust y las autoridades competentes de Bosnia y Herzegovina en el ámbito de la cooperación judicial en materia penal concluyeron con éxito a nivel de los equipos de negociación, en enero de 2024. Tras la aprobación de los Estados miembros el 22 de marzo de 2024 del texto a nivel técnico, Bosnia y Herzegovina dio su aprobación definitiva el 10 de abril de 2024.».

4. En la página 2, en el artículo 1:

donde dice:

«Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y Bosnia y Herzegovina sobre la cooperación entre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y las autoridades competentes en el ámbito de la cooperación judicial en materia penal de Bosnia y Herzegovina (en lo sucesivo, “Acuerdo”), a reserva de la celebración de dicho Acuerdo.»

,

debe decir:

«Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y Bosnia y Herzegovina sobre la cooperación entre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y las autoridades competentes de Bosnia y Herzegovina en el ámbito de la cooperación judicial en materia penal (en lo sucesivo, “Acuerdo”), a reserva de la celebración de dicho Acuerdo.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

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Acuerdo Internacional 27/02/2026

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Reglamento 27/03/2026

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