Corrección de errores de la Decisión (UE) 2017/1258 del Banco Central Europeo, de 5 de julio de 2017, sobre la delegación de decisiones sobre la transmisión de información estadística confidencial a la Junta Única de Resolución (BCE/2017/22).

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2019-80012
Número oficial:
DOUE-L-2019-80012
Publicación:
08/01/2019
Departamento:
Unión Europea

En el tercer visto:

donde dice:

«artículo 8, apartado 4, letra a);»,

debe decir:

«artículo 8, apartado 4 bis,».

En el considerando 1:

donde dice:

«De conformidad con la primera frase del artículo 8, apartado 4, letra a)»,

debe decir:

«De conformidad con la primera frase del artículo 8, apartado 4 bis».

En el mismo considerando 1:

donde dice:

«o para la estabilidad del sistema financiero»,

debe decir:

«o de la estabilidad del sistema financiero».

En el mismo considerando 1:

donde dice:

«La Junta Única de Resolución puede calificarse como dicha autoridad u organismo.»,

debe decir:

«La Junta Única de Resolución puede considerarse una autoridad u organismo de esa clase.».

En el considerando 2:

donde dice:

«De conformidad con la segunda frase del artículo 8, apartado 4, letra a)»,

debe decir:

«De conformidad con la segunda frase del artículo 8, apartado 4 bis».

En el mismo considerando 2:

donde dice:

«El Consejo de Gobierno evaluó que la Junta Única de Resolución haya tomado dichas medidas.»,

debe decir:

«El Consejo de Gobierno considera que la Junta Única de Resolución ha adoptado esas medidas».

En el considerando 4:

donde dice:

«Cuando los criterios para la adopción de una decisión delegada, como se establece en esta decisión delegada, no se cumplen»,

debe decir:

«Cuando los criterios para la adopción de una decisión delegada, según se establecen en la presente decisión de delegación, no se cumplen».

En el considerando 5:

donde dice:

«volumen del solicitudes»,

debe decir:

«volumen de solicitudes».

En el artículo 1, punto 2:

donde dice:

«“decisión delegada”, la tomada por el Consejo de Gobierno sobre la base de los poderes de delegación en virtud de la presente decisión».

debe decir:

«“decisión delegada”, la adoptada por delegación de facultades del Consejo de Gobierno en virtud de la presente decisión».

En el artículo 2, apartado 1:

donde dice:

«El Consejo de Gobierno por la presente delega las decisiones sobre la transmisión de información estadística confidencial a la Junta Única de Resolución del Consejo Ejecutivo»,

debe decir:

«El Consejo de Gobierno delega por la presente en el Comité Ejecutivo las decisiones sobre la transmisión de información estadística confidencial a la Junta Única de Resolución».

En el artículo 2, apartado 2:

donde dice:

«Una decisión sobre la transmisión de información estadística confidencial a la Junta Única de Resolución sólo se adoptará mediante una decisión delegada, si se cumplen los criterios para la adoptción de las decisiones delegadas, como se establece en el artículo 3»,

debe decir:

«Las decisiones sobre la transmisión de información estadística confidencial a la Junta Única de Resolución solo se adoptarán mediante decisiones delegadas si se cumplen los criterios de adopción de decisiones delegadas establecidos en el artículo 3».

En el artículo 3, apartado 1:

donde dice:

«Una decisión sobre la transmisión de información estadística confidencial a la Junta Única de Resolución sólo puede realizarse mediante una decisión delegada en la que esta información es, de conformidad con el artículo 8, apartado 4, letra a), del Reglamento (CE) no 2533/98, necesaria para el ejercicio de las funciones de la Junta Única de Resolución.».

debe decir:

«Las decisiones sobre la transmisión de información estadística confidencial a la Junta Única de Resolución solo se adoptarán mediante decisiones delegadas cuando la información sea, de conformidad con el artículo 8, apartado 4 bis, del Reglamento (CE) no 2533/98, necesaria para el ejercicio de las funciones de la Junta Única de Resolución.».

En el artículo 3, apartado 2:

donde dice:

«Una decisión sobre la transmisión de información estadística confidencial a la Junta Única de Resolución únicamente debe realizarse mediante una decisión delegada»,

debe decir:

«Las decisiones sobre la transmisión de información estadística confidencial a la Junta Única de Resolución solo se adoptarán mediante decisiones delegadas».

En el artículo 3, apartado 2, letra a):

donde dice:

«en la que la información sea necesaria para que la Junta Única de Resolución realice una Prueba de Interés Público a fin de evaluar qué impacto tendrían las medidas de resolución en las entidades de contrapartida desde una perspectiva financiera y evaluar la interconexión financiera con otras entidades financieras y entidades de contrapartida»,

debe decir:

«cuando la información sea necesaria para que la Junta Única de Resolución realice una Prueba de Interés Público a fin de evaluar qué impacto, en su caso, tendrían las medidas de resolución en las entidades de contrapartida desde la perspectiva de la estabilidad financiera, y evaluar la interconexión financiera con otras entidades financieras y entidades de contrapartida».

En el artículo 3, apartado 2, letra b):

donde dice:

«en la que la transmisión de esta información no sería perjudicial para la realización de las funciones del SEBC»,

debe decir:

«cuando la transmisión de la información no sea perjudicial para la realización de las funciones del SEBC».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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