Corrección de errores de la Decisión de Ejecución (UE) 2026/1912 del Consejo, de 30 de julio de 2026, por la que se prorroga la protección temporal introducida por la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382
(Diario Oficial de la Unión Europea L, 2026/1912, 4 de agosto de 2026)
En la página 4, en el artículo 2:
donde dice: | «El presente artículo no se aplicará a las personas que disfruten de protección temporal en un Estado miembro determinado antes del 30 de julio de 2026 inclusive, y que mantengan dicha protección de manera ininterrumpida en ese Estado miembro después de dicha fecha.» , |
debe decir: | «El presente artículo no se aplicará a las personas que disfruten de protección temporal en un Estado miembro determinado antes del 4 de agosto de 2026 inclusive, y que mantengan dicha protección de manera ininterrumpida en ese Estado miembro después de dicha fecha.». |
En la página 5, en el artículo 3:
donde dice: | «Será aplicable a partir del 5 de marzo de 2027, con excepción de su artículo 2, que será aplicable a partir del 31 de julio de 2026.» , |
debe decir: | «Será aplicable a partir del 5 de marzo de 2027, con excepción de su artículo 2, que será aplicable a partir del 5 de agosto de 2026.». |