Corrección de errores de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/958 de la Comisión, de 31 de mayo de 2021, por la que se establece el formato para comunicar datos e información sobre los artes de pesca introducidos en el mercado y los residuos de artes de pesca recogidos en los Estados miembros, y el formato del informe de control de calidad contemplado en el artículo 13, apartado 1, letra d), y apartado 2, de la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2022-80199
Número oficial:
DOUE-L-2022-80199
Publicación:
16/02/2022
Departamento:
Unión Europea

En la página 53, en el anexo 1, «A. Formato para la comunicación de datos sobre los artes de pesca que contienen plástico introducidos en el mercado», el cuadro se sustituye por el siguiente:

 

 

Paños de redes de cordel grueso (1)

(Ø > 1 mm)

Paños de redes de cordel delgado

(Ø ≤ 1 mm)

Otros artes de pesca de plástico o partes de ellos

Partes no plásticas de los artes de pesca (2)

Boyas, flotadores, sogas

Total (*1) =

(toneladas)

A + B + C + D + E

A

B

C

D = I + K

E = F + J + L

Total de plásticos =

A + B + C + F

A

B

C

 

F

polipropileno (PP)

 

 

 

 

 

 

polietileno (PE)

 

 

 

 

 

 

polietileno de alto peso molecular (HMPE)

 

 

 

 

 

 

nailon

 

 

 

 

 

 

otros (PET, PVC, PEAD, EVA, etc.)

 

 

 

 

 

 

mezcla de polímeros

 

 

 

 

 

 

Total de metales

G = I + J

 

 

 

I

J

acero

 

 

 

 

 

 

aluminio

 

 

 

 

 

 

plomo

 

 

 

 

 

 

Otro metal o metales mezclados

 

 

 

 

 

 

Total de caucho

H = K + L

 

 

 

K

L

En la página 54, en el anexo 1, «B. Formato para la comunicación de datos sobre los residuos de artes de pesca recogidos», el cuadro se sustituye por el siguiente:

 

Total

Paños de redes de cordel grueso (3)

(Ø > 1 mm)

Paños de redes de cordel delgado

(Ø ≤ 1 mm)

Otros artes de pesca de plástico o partes de ellos

Partes no plásticas de los artes de pesca (4)

Boyas, flotadores, sogas

Total (*2) =

(toneladas)

A + B + C + D + E

A

B

C

D = I + K

E = F + J + L

Total de plásticos =

A + B + C + F

A

B

C

 

F

polipropileno (PP)

 

 

 

 

 

 

polietileno (PE)

 

 

 

 

 

 

polietileno de alto peso molecular (HMPE)

 

 

 

 

 

 

nailon

 

 

 

 

 

 

otros (PET, PVC, PEAD, EVA, etc.)

 

 

 

 

 

 

mezcla de polímeros

 

 

 

 

 

 

Total de metales

G = I + J

 

 

 

I

J

acero

 

 

 

 

 

 

aluminio

 

 

 

 

 

 

plomo

 

 

 

 

 

 

Otro metal o metales mezclados

 

 

 

 

 

 

Total de caucho

H = K + L

 

 

 

K

L

 

(*1)  Solo las cantidades totales (en la casilla blanca) de los artes de pesca y sus componentes son de comunicación obligatoria.

Las casillas sombreadas en negro no son pertinentes.

(1)  Se considerará «cordel» cualquier cordel, cuerda, soga ligera, etc., tanto si está formado por un filamento simple (monofilamento) como por varios filamentos torcidos o trenzados juntos para formar un único cordel múltiple.

(2)  Pueden incluirse plomos metálicos, rodillos de caucho, dispositivos o rejillas de escape, etc.

(*2)  Solo las cantidades totales (en la casilla blanca) de los artes de pesca y sus componentes son de comunicación obligatoria. Esto incluye cualquier arte de pesca que contenga plástico, además de cualesquiera componentes, sustancias o materiales separados que formaran parte de dichos artes de pesca o estuvieran unidos a ellos cuando fueron descartados, abandonados o perdidos. Las casillas sombreadas en negro no son pertinentes.

(3)  Se considerará «cordel» cualquier cordel, cuerda, soga ligera, etc., tanto si está formado por un filamento simple (monofilamento) como por varios filamentos torcidos o trenzados juntos para formar un único cordel múltiple.

(4)  Pueden incluirse plomos metálicos, rodillos de caucho, dispositivos o rejillas de escape, etc.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

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Reglamento 06/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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Recomendación 08/05/2026

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