Corrección de errores de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/302 de la Comisión, de 15 de febrero de 2017, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) en el marco de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2019-80762
Número oficial:
DOUE-L-2019-80762
Publicación:
03/05/2019
Departamento:
Unión Europea

En la página 246, en el anexo, sección 1.9, en el cuadro de la MTD 13, en la columna «Técnica», en la decimoprimera fila:

donde dice:

«1. Sistema de bandas, discos o inyectores para la aplicación al campo de purines.»,

debe decir:

«1. Esparcidor en bandas, inyector superficial o inyector profundo para la aplicación al campo de purines.».

En la página 251, en el anexo, sección 1.13, en el cuadro de la MTD 21, en el párrafo segundo de la columna «Aplicabilidad» de la fila b:

donde dice:

«cultivos herbáceos sembrados a voleo»,

debe decir:

«cultivos herbáceos sembrados en surcos estrechos».

En la página 252, en el anexo, sección 1.13, en el cuadro de la MTD 21, en la columna «Técnica» de la fila c:

donde dice:

«Inyección superficial (surco abierto).»,

debe decir:

«Inyector superficial (surco abierto).».

En la página 252, en el anexo, sección 1.13, en el cuadro de la MTD 21, en la columna «Técnica» de la fila d:

donde dice:

«Inyección profunda (surco cerrado).»,

debe decir:

«Inyector profundo (surco cerrado).».

En la página 252, en el anexo, sección 1.13, en la MTD 22, en el epígrafe «Aplicabilidad», en la última frase:

donde dice:

«inyectores o enterradores»,

debe decir:

«inyectores superficiales o profundos».

En la página 264, en el anexo, sección 4.4, en el cuadro, en la columna «Técnica», en la séptima fila:

donde dice:

«Aplicación al campo mediante tubos colgantes, zapatas, inyector superficial o inyector profundo para la aplicación al campo de purines.»,

debe decir:

«Esparcidor en bandas, inyector superficial o inyector profundo para la aplicación al campo de purines.».

En la página 266, en el anexo, sección 4.6.1, en el cuadro relativo a las «Cubiertas flotantes», en la tercera fila de la primera columna:

donde dice:

«Bolas de plástico.»,

debe decir:

«Pellets de plástico.».

En la página 268, en el anexo, sección 4.8.1, en el cuadro, en la columna «Técnica», en la tercera fila:

donde dice:

«Aplicador en bandas mediante tubos colgantes.»,

debe decir:

«Esparcidor en bandas (tubos colgantes).».

En la página 268, en el anexo, sección 4.8.1, en el cuadro, en la columna «Técnica», en la cuarta fila:

donde dice:

«Aplicador en bandas mediante zapatas colgantes.»,

debe decir:

«Esparcidor en bandas (zapatas colgantes).».

En la página 271, en el anexo, sección 4.9.2, en el cuadro, en la columna «Descripción», en la primera fila, párrafo segundo, segunda línea:

donde dice:

«contador de velocidad»,

debe decir:

«anemómetro de hélice».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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