Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Dinamarca relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil.

Vigente Acuerdo Internacional Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2015-81367
Número oficial:
DOUE-L-2015-81367
Publicación:
10/07/2015
Departamento:
Unión Europea

De conformidad con el artículo 4 del Acuerdo de 19 de octubre de 2005 entre la Comunidad Europea y el Reino de Dinamarca relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (1) (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), aprobado por la Decisión 2006/325/CE del Consejo (2), cuando se adopten normas de desarrollo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74, apartado 2, del Reglamento (CE) no 44/2001 del Consejo (3), debe notificarse a la Comisión la decisión de Dinamarca de aplicar o no el contenido de dichas normas de desarrollo.

De conformidad con el artículo 3, apartado 2, del Acuerdo, Dinamarca, mediante carta de 14 de enero de 2009, notificó a la Comisión su decisión de aplicar el contenido del Reglamento (CE) no 4/2009 del Consejo (4) en la medida en que modifica el Reglamento (CE) no 44/2001 (en lo sucesivo, «el Reglamento “Bruselas I”») (5).

El Reglamento (CE) no 44/2001 fue derogado y sustituido por el Reglamento (UE) no 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (6). De conformidad con el artículo 3, apartado 2, del Acuerdo, Dinamarca, mediante carta de 20 de diciembre de 2012, notificó a la Comisión su decisión de aplicar el contenido del Reglamento (UE) no 1215/2012 (7).

El Reglamento de Ejecución (UE) 2015/228 de la Comisión (8) fue aprobado el 17 de febrero de 2015. De conformidad con el artículo 3, apartado 2, del Acuerdo, Dinamarca, mediante carta de 22 de abril de 2015, notificó a la Comisión su decisión de aplicar el contenido del Reglamento de Ejecucion (UE) 2015/228.

De conformidad con el artículo 4, apartado 4, del Acuerdo, la notificación danesa crea obligaciones mutuas entre Dinamarca y la Unión Europea. Por consiguiente, el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/228 constituye una modificación del Acuerdo en la medida en que modifica el Reglamento (CE) no 44/2001 [sustituido por el Reglamento (UE) no 1215/2012], modificado por el Reglamento (CE) no 4/2009, y se considera un anexo del mismo.

Con referencia al artículo 4, apartado 3, del Acuerdo, la aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/228 en Dinamarca puede tener lugar administrativamente conforme a la sección 9, letra a), punto 1, de la Ley danesa no 1563 de 20 de diciembre de 2006 relativa al Reglamento «Bruselas I». Las medidas administrativas necesarias entraron en vigor el 22 de abril de 2015.

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(1) Acuerdo de 19 de octubre de 2005 entre la Comunidad Europea y el Reino de Dinamarca relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO L 299 de 16.11.2005, p. 62).

(2) DO L 120 de 5.5.2006, p. 22.

(3) Reglamento (CE) no 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO L 12 de 16.1.2001, p. 1).

(4) Reglamento (CE) no 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos (DO L 7 de 10.1.2009, p. 1).

(5) DO L 149 de 12.6.2009, p. 80.

(6) Reglamento (UE) no 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO L 351 de 20.12.2012, p. 1).

(7) DO L 79 de 21.3.2013, p. 4.

(8) Reglamento de Ejecución (UE) 2015/228 de la Comisión, de 17 de febrero de 2015, por el que se sustituyen los anexos I a VII del Reglamento (CE) no 4/2009 del Consejo relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos (DO L 49 de 20.2.2015, p. 1).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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