Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el reconocimiento mutuo en materia de evaluación de la conformidad, anexo 1, capítulo 5, sección 5, punto 9, «Intercambio de información». Información de Suiza sobre la base del artículo 12 del Acuerdo sobre los tipos de gas y las correspondientes presiones de suministro de los combustibles gaseosos en el territorio suizo, contemplada en el anexo II del Reglamento (UE) 2016/426 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y por el que se deroga la Directiva 2009/142/CE.

Vigente Acuerdo Internacional Unión Europea
BOE:
DOUE-Z-2018-70017
Número oficial:
DOUE-Z-2018-70017
Publicación:
06/08/2018
Departamento:
Unión Europea

Información de Suiza sobre la base del artículo 12 del Acuerdo sobre los tipos de gas y las correspondientes presiones de suministro de los combustibles gaseosos en el territorio suizo, contemplada en el anexo II del Reglamento (UE) 2016/426 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y por el que se deroga la Directiva 2009/142/CE

SUIZA

Familia de gases

2.a familia

3.a familia

Grupo de gases

Grupo H

Grupo P

Grupo B

 

mínimo

máximo

mínimo

nominal

máximo

mínimo

nominal

máximo

Poder calorífico superior [MJ/m3]

36,20

44,74

95,65

125,81

Índice de Wobbe [MJ/m3]

48,82

53,48

76,84

87,33

Composición volumétrica del gas, en % del contenido total:

 

mínimo

nominal

máximo

mínimo

nominal

máximo

mínimo

nominal

máximo

Contenido de C1 a C5 (suma)

96

97,46

100

 (1)

100

 (1)

100

Contenido de N2 + CO2

2,50

 (2)

 (2)

Contenido de CO

3,00

Contenido de HC insaturados

Contenido de hidrógeno

1,99

 (2)

 (2)

Información sobre los componentes tóxicos del combustible gaseoso:

Tetrahidrotiofeno (THT) en mg/Nm3 de gas natural

10,0

30,0

Etilmercaptano (EM) en mg/Nm3 de gas (propano/butano)

7,1

25,0

8,2

30,0

Sulfuro de carbonilo (COS) + azufre elemental en mg/kg (ppm) en (propano/butano)

5

5

Presión de suministro

 

mínima

nominal

máxima

mínima

nominal

máxima

mínima

nominal

máxima

Presión de suministro en la toma de los aparatos [mbar]

17,4

20,0

24,0

25,0

42,5

37,0

50,0

45,0

57,5

(25,0) (3)

25,0

42,5

(29,0) (3)

37,0

50,0

(35,0) (3)

45,0

57,5

Presión de suministro en el punto de salida [mbar]

21,4

 (4)

 (5)

26,85

45,0

37,0

50,0

 (6)

(26,45) (3)

26,85

45,0

(29,0) (3)

37,0

50,0

 (6)

Pérdida de presión admisible en la instalación del usuario final [mbar]

0

 (7)

4,0

0

 (7)

1,85

2,50

0

 (7)

(1,45) (3)

1,85

2,50

Condiciones de referencia para el índice de Wobbe y el poder calorífico superior

Temperatura de combustión de referencia [°C]

15 °C

Temperatura de referencia de la medición volumétrica [°C]

15 °C

Presión de referencia de la medición volumétrica [mbar]

1,013 bar

 _______________________________

(1)  En el contenido de C1-C5 (suma) solo el propano o el butano, respectivamente, debe ser como mín. 95 g/100 g.

(2)  El contenido de los componentes (suma) hidrógeno + N2 + O2 + CH4 es como máx. 0,2 g/100 g.

(3)  Excepción en el caso del butano: presión de suministro adicional de entre 28 y 30 mbar para las categorías de gas I3+ y II2H3+.

(4)  Depende de la pérdida de presión hasta el aparato.

(5)  Depende de los gestores de la red de gas.

(6)  Depende del intervalo de presiones de funcionamiento.

(7)  Depende del diámetro de la tubería.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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