A. Nota de la Comunidad Europea
Señor Presidente:
Conocasión de la adopción de la Decisión del Consejo de Asociación CE-Turquía relativa a la puesta en marcha de la fase definitiva de la unión aduanera, las partes acordaron que las disposiciones de dicha Decisión no afecten a las del Reglamento (CEE) n° 1911/91 del Consejo, de 26 de junio de 1991, relativo a la aplicación de las disposiciones del Derecho comunitario en las islas Canarias.
Le agradecería tuviese a bien confirmar el acuerdo del Gobierno de la República de Turquía sobre el contenido de la presente Nota.
Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.
F. J. ELORZA CAVENGT
Presidente de la Delegación de la Comunidad Europea
B. Nota de la delegación turca
Señor Presidente:
Por su Nota de 22 de diciembre de 1995 ha tenido usted a bien enviarme la siguiente comunicación:
«Con ocasión de la adopción de la Decisión del Consejo de Asociación CE-Turquía relativa a la puesta en marcha de la fase definitiva de la unión aduanera, las partes acordaron que las disposiciones de dicha Decisión no afecten a las del Reglamento (CEE) n° 1911/91 del Consejo, de 26 de junio de 1991, relativo a la aplicación de las disposiciones del Derecho comunitario en las islas Canarias.
Le agradecería tuviese a bien confirmar el acuerdo del Gobierno de la República de Turquía sobre el contenido de la presente Nota.».
Tengo el honor de confirmarle el acuerdo de mi Gobierno sobre el contenido de dicha Nota.
Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.
U. ÖZÜLKER
Presidente de la Delegación turca