Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Noruega que modifica el Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega, en virtud del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, sobre la modificación de las concesiones de todos los contingentes arancelarios de la lista CLXXV de la Unión Europea como consecuencia de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea.

Vigente Acuerdo Internacional Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-80547
Número oficial:
DOUE-L-2025-80547
Publicación:
04/04/2025
Departamento:
Unión Europea

A.   Nota de la Unión Europea

Muy señora mía / Muy señor mío:

Me remito a los procedimientos en curso en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994, iniciados por la Unión Europea mediante la notificación que figura en el documento G/SECRET/42, de 24 de julio de 2018, en el que se proponen modificaciones de las concesiones de los contingentes arancelarios de la lista arancelaria CLXXV de la Unión Europea como consecuencia de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea.

El 17 de diciembre de 2020, la Unión Europea y el Reino de Noruega firmaron un Acuerdo en forma de Canje de Notas para concluir las negociaciones en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 (en lo sucesivo, «Acuerdo de 17 de diciembre de 2020 »), que entró en vigor el 10 de mayo de 2021.

Como resultado de las negociaciones entre la Unión Europea y otros miembros de la OMC con derechos en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994, la Unión Europea ha acordado con dichos miembros de la OMC modificar las cuotas de tres contingentes arancelarios erga omnes para los que el Reino de Noruega tiene derechos de negociación (números 015 y 017 para carne de porcino, fresca, refrigerada o congelada, y número 030 para leche desnatada en polvo), tal como se detalla en la última columna del anexo de la presente Nota. Tras unas consultas bilaterales, el Reino de Noruega está de acuerdo con las modificaciones que figuran en el anexo de la presente Nota y con los consiguientes compromisos cuantitativos asumidos por la Unión Europea, que ya no incluyen al Reino Unido.

Tengo el honor de proponer que la presente Nota y la confirmación de su Gobierno constituyan conjuntamente un acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Noruega, por el que se modifique el Acuerdo de 17 de diciembre de 2020 en lo que respecta al reparto de los contingentes arancelarios para los que el Reino de Noruega posee derechos de negociación.

La Unión Europea y el Reino de Noruega se notificarán mutuamente la finalización de sus procedimientos internos para la entrada en vigor del presente Acuerdo. Por lo que respecta a la Unión Europea, la notificación por escrito se remitirá a la Secretaría General del Consejo de la Unión Europea. El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de la última notificación. El presente Acuerdo se redacta en doble ejemplar en lenguas alemana, búlgara, checa, croata, danesa, eslovaca, eslovena, española, estonia, finesa, francesa, griega, húngara, inglesa, irlandesa, italiana, letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca, portuguesa, rumana, sueca y noruega, siendo cada uno de estos textos igualmente auténtico.

Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.

ANEXO
CONTINGENTES ARANCELARIOS DE LA UNIÓN EUROPEA QUE YA NO INCLUYE AL REINO UNIDO

Número de secuencia del contingente arancelario

Descripción

Unidad

Otras condiciones

Concesión de la Unión Europea que ya no incluye al Reino Unido

015

Carne de porcino fresca, refrigerada o congelada:

Trozos de animales de la especie porcina doméstica, frescos, refrigerados o congelados, incluso deshuesados, con excepción del filete presentado separadamente

t

Erga omnes

4 786

017

Carne de porcino fresca, refrigerada o congelada:

Chuleteros y jamones deshuesados de animales de la especie porcina doméstica, frescos, refrigerados o congelados

t

Erga omnes

5 720

019

Carne de porcino fresca, refrigerada o congelada:

Lomos de la especie porcina doméstica, frescos, refrigerados o congelados

t

Erga omnes

3 780

030

Leche desnatada en polvo

t

Erga omnes

62 917

124

Ovoalbúmina

t (equivalente de huevos con cáscara)

Erga omnes

15 500

002

Arenque

t

Erga omnes

33 496

 

 

B.   Nota del Reino de Noruega

Muy señora mía/Muy señor mío:

Tengo el honor de acusar recibo de su Nota con fecha de hoy, redactada en los siguientes términos:

«Me remito a los procedimientos en curso en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994, iniciados por la Unión Europea mediante la notificación que figura en el documento G/SECRET/42, de 24 de julio de 2018, en el que se proponen modificaciones de las concesiones de los contingentes arancelarios de la lista arancelaria CLXXV de la Unión Europea como consecuencia de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea.

El 17 de diciembre de 2020, la Unión Europea y el Reino de Noruega firmaron un Acuerdo en forma de Canje de Notas para concluir las negociaciones en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 (en lo sucesivo, “Acuerdo de 17 de diciembre de 2020 ”), que entró en vigor el 10 de mayo de 2021.

Como resultado de las negociaciones entre la Unión Europea y otros miembros de la OMC con derechos en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994, la Unión Europea ha acordado con dichos miembros de la OMC modificar las cuotas de tres contingentes arancelarios erga omnes para los que el Reino de Noruega tiene derechos de negociación (números 015 y 017 para carne de porcino, fresca, refrigerada o congelada, y número 030 para leche desnatada en polvo), tal como se detalla en la última columna del anexo de la presente Nota. Tras unas consultas bilaterales, el Reino de Noruega está de acuerdo con las modificaciones que figuran en el anexo de la presente Nota y con los consiguientes compromisos cuantitativos asumidos por la Unión Europea que ya no incluyen al Reino Unido.

Tengo el honor de proponer que la presente Nota y la confirmación de su Gobierno constituyan conjuntamente un acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Noruega, por el que se modifique el Acuerdo de 17 de diciembre de 2020 en lo que respecta al reparto de los contingentes arancelarios para los que el Reino de Noruega posee derechos de negociación.

La Unión Europea y el Reino de Noruega se notificarán mutuamente la finalización de sus procedimientos internos para la entrada en vigor del presente Acuerdo. Por lo que respecta a la Unión Europea, la notificación por escrito se remitirá a la Secretaría General del Consejo de la Unión Europea. El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de la última notificación. El presente Acuerdo se redacta en doble ejemplar en lenguas alemana, búlgara, checa, croata, danesa, eslovaca, eslovena, española, estonia, finesa, francesa, griega, húngara, inglesa, irlandesa, italiana, letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca, portuguesa, rumana, sueca y noruega, siendo cada uno de estos textos igualmente auténtico.».

Tengo el honor de manifestar el acuerdo de mi Gobierno con dicha Nota.

ANEXO
CONTINGENTES ARANCELARIOS DE LA UNIÓN EUROPEA QUE YA NO INCLUYE AL REINO UNIDO

Número de secuencia del contingente arancelario

Descripción

Unidad

Otras condiciones

Concesión de la Unión Europea que ya no incluye al Reino Unido

015

Carne de porcino fresca, refrigerada o congelada:

Trozos de animales de la especie porcina doméstica, frescos, refrigerados o congelados, incluso deshuesados, con excepción del filete presentado separadamente

t

Erga omnes

4 786

017

Carne de porcino, fresca, refrigerada o congelada:

Chuleteros y jamones deshuesados de animales de la especie porcina doméstica, frescos, refrigerados o congelados

t

Erga omnes

5 720

019

Carne de porcino, fresca, refrigerada o congelada:

Lomos de la especie porcina doméstica, frescos, refrigerados o congelados

t

Erga omnes

3 780

030

Leche desnatada en polvo

t

Erga omnes

62 917

124

Ovoalbúmina

t (equivalente de huevos con cáscara)

Erga omnes

15 500

002

Arenque

t

Erga omnes

33 496

 

 

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

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