Actualización del anexo II y de los cuadros 1 y 2 del anexo III ter con respecto a los valores aplicables del euro, de conformidad con el artículo 10 bis de la Directiva 1999/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo modificada por la Directiva 2011/76/UE.

Vigente Otros Unión Europea
BOE:
DOUE-Z-2020-70065
Número oficial:
DOUE-Z-2020-70065
Publicación:
07/07/2020
Departamento:
Unión Europea

El anexo II de la Directiva 1999/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 1999, relativa a la aplicación de gravámenes a los vehículos pesados de transporte de mercancías por la utilización de determinadas infraestructuras (1), se actualiza como sigue:

«ANEXO II

IMPORTES MÁXIMOS EN EUROS CORRESPONDIENTES A LAS TASAS, INCLUIDOS LOS COSTES ADMINISTRATIVOS, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 7, APARTADO 7

Anuales

 

máximo de tres ejes

mínimo de cuatro ejes

EURO 0

1 475

2 472

EURO I

1 282

2 140

EURO II

1 116

1 861

EURO III

970

1 617

EURO IV y menos contaminantes

882

1 471

Mensuales y semanales

Los importes mensuales y semanales máximos son proporcionales a la duración del uso que se hace de la infraestructura.

Diarios

La tasa diaria es equivalente para todas las categorías de vehículos y asciende a 13 EUR.

».

El anexo III ter de la Directiva 1999/62/CE, en su versión modificada por la Directiva 2011/76/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2011 (2), se actualiza como sigue:

«ANEXO III ter

TOPES MÁXIMOS DE LAS TASAS MEDIAS PONDERADAS POR COSTES EXTERNOS

En el presente anexo se fijan los parámetros que deben utilizarse para calcular el tope máximo de la tasa media ponderada por costes externos.

1.   Coste máximo de la contaminación atmosférica provocada por el tráfico:

Cuadro 1

Coste máximo imputable de la contaminación atmosférica

Céntimo/vehículo.kilómetro

Carreteras suburbanas

(incluidas autopistas)

Carreteras interurbanas

(incluidas autopistas)

EURO 0

17,8

13,3

EURO I

12,2

8,9

EURO II

10,0

7,8

EURO III

7,8

6,7

EURO IV

4,5

3,4

EURO V

después del 31 de diciembre de 2013

0

0

3,4

2,3

EURO VI

después del 31 de diciembre de 2017

0

0

2,3

1,2

Menos contaminantes que EURO VI

0

0

Los valores del cuadro 1 podrán multiplicarse por un factor máximo de 2 en las zonas de montaña en la medida en que lo justifiquen la pendiente de la carretera, la altitud y/o las inversiones térmicas.

2.   Coste máximo de la contaminación acústica provocada por el tráfico:

Cuadro 2

Coste máximo imputable de la contaminación acústica

Céntimo/vehículo.kilómetro

Día

Noche

Carreteras suburbanas

(incluidas autopistas)

1,22

2,22

Carreteras interurbanas

(incluidas autopistas)

0,23

0,34

Los valores del cuadro 2 podrán multiplicarse por un factor máximo de 2 en las zonas de montaña en la medida en que lo justifiquen la pendiente de la carretera, las inversiones térmicas y/o el efecto de anfiteatro de los valles.

».

 

(1)  DO L 187 de 20.7.1999, p. 42.

(2)  DO L 269 de 14.10.2011, p. 1.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Comunicación de la Comisión en la que se ofrecen orientaciones sobre las disposiciones nuevas o modificadas sustancialmente de la Directiva (UE) 2024/1275 relativa a la eficiencia energética de los edificios refundida.

Otros 18/12/2025

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