Acción Común 2009/571/PESC del Consejo, de 27 de julio de 2009, por la que se prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para la crisis en Georgia.

Vigente Otros Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2009-81332
Número oficial:
DOUE-L-2009-81332
Publicación:
29/07/2009
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14, su artículo 18, apartado 5, y su artículo 23, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El 25 de septiembre de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/760/PESC ( 1 ) por la que se nombra al Sr. Pierre MOREL Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para la crisis en Georgia hasta el 28 de febrero de 2009.

(2) El 16 de febrero de 2009, el Consejo adoptó la Acción Común 2009/131/PESC ( 2 ) por la que se prorroga el mandato del REUE hasta el 31 de agosto de 2009.

(3) Basándose en la revisión de la Acción Común 2009/131/PESC, el mandato del REUE debe prorrogarse por un nuevo período de 6 meses.

(4) El REUE cumplirá su mandato en el contexto de una situación que puede deteriorarse, lo que podría perjudicar a los objetivos de la política exterior y de seguridad común establecidos en el artículo 11 del Tratado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Acción Común 2009/131/PESC se modifica como sigue:

1) El artículo 1 se sustituye por el siguiente:

«Artículo 1

Representante Especial de la Unión Europea El mandato del Sr. Pierre MOREL como Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para la crisis en Georgia se prorroga hasta el 28 de febrero de 2010.».

2) En el artículo 5, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1. El importe de referencia financiera previsto para cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE en el período comprendido entre el 1 de marzo de 2009 y el 28 de febrero de 2010 será de 445 000 EUR.».

3) El artículo 13 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 13

Revisión

Se examinarán regularmente la ejecución de la presente Acción Común y su coherencia con otras iniciativas de la UE.

El REUE presentará al SG/AR, al Consejo y a la Comisión, antes de finales de noviembre de 2009, un informe completo sobre la ejecución de su mandato. Dicho informe servirá como base para la evaluación de la presente Acción Común por parte de los grupos de trabajo pertinentes y el CPS. En el contexto de las prioridades globales de despliegue, el SG/AR formulará recomendaciones al CPS en relación con la decisión del Consejo relativa a la prórroga, modificación o finalización del mandato.».

Artículo 2

La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.

Artículo 3

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 27 de julio de 2009.

Por el Consejo

El Presidente

C. BILDT

_____________________________

( 1 ) DO L 259 de 27.9.2008, p. 16.

( 2 ) DO L 46 de 17.2.2009, p. 47.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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