EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,
Considerando lo siguiente:
(1) El 12 de junio de 2007, el Consejo adoptó la Acción Común 2007/405/PESC ( 1 ) relativa a la Misión de Policía de la Unión Europea en el marco de la reforma del sector de la seguridad (RSS) y su interrelación con la justicia en la República Democrática del Congo (EUPOL RD Congo).
(2) El 23 de junio de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/485/PESC ( 2 ), por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2007/405/PESC hasta el 30 de junio de 2009.
(3) A raíz de las consultas con las autoridades congoleñas y otras partes implicadas, resulta necesario prorrogar la Misión por un período adicional. El 10 de marzo de 2009, el Comité Político y de Seguridad recomendó que la Misión se prorrogase por 12 meses más.
(4) Procede modificar la Acción Común 2007/405/PESC en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:
Artículo 1
La Acción Común 2007/405/PESC se modifica como sigue:
1) En el artículo 9, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la Misión para el período comprendido entre el 1 de julio de 2007 y el 30 de junio de 2008 será de 5 500 000 EUR.
El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la Misión para el período comprendido entre el 1 de julio de 2008 y el 31 de octubre de 2009 será de 6 920 000 EUR.
El Consejo establecerá un nuevo importe de referencia financiero con el fin de cubrir los gastos relacionados con la Misión para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2009 y el 30 de junio de 2010.».
2) En el artículo 16, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:
«Expirará el 30 de junio de 2010.».
Artículo 2
La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.
Artículo 3
La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Luxemburgo, el 15 de junio de 2009.
Por el Consejo
El Presidente
J. KOHOUT
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( 1 ) DO L 151 de 13.6.2007, p. 46.
( 2 ) DO L 164 de 25.6.2008, p. 44.