Acción Común 2006/773/PESC del Consejo, de 13 de noviembre de 2006, por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2005/889/PESC por la que establece una Misión de asistencia fronteriza de la Unión Europea para el paso fronterizo de Rafah (MAFUE Rafah).

Vigente Otros Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2006-82152
Número oficial:
DOUE-L-2006-82152
Publicación:
14/11/2006
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1) El 25 de noviembre de 2005, el Consejo adoptó la Acción Común 2005/889/PESC por la que establece una Misión de asistencia fronteriza de la Unión Europea para el paso fronterizo de Rafah (MAFUE Rafah) (1) por un periodo de 12 meses.

(2) El Acuerdo pactado entre el Gobierno de Israel y la Autoridad Palestina especifica que el mandato inicial de la misión, de 12 meses, podrá renovarse por otro período de 6 meses, a menos que todas las Partes decidan de común acuerdo dar por concluida la Misión.

(3) El 15 de septiembre de 2006, el Consejo reiteró que mantenía su compromiso continuado con respecto a la MAFUE Rafah.

(4) Tanto la Autoridad Palestina como el Gobierno de Israel manifestaron su conformidad con la ampliación de la MAFUE, en consonancia con el artículo 5 del Acuerdo pactado sobre la Misión de asistencia fronteriza de la Unión Europea en el paso fronterizo de Rafah en la frontera de Gaza con Egipto.

(5) Procede modificar en consecuencia la Acción Común 2005/889/PESC.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Acción Común 2005/889/PESC se modifica de la forma siguiente:

1) Se suprime el artículo 3.

2) El artículo 13, apartado 1, se sustituye por el texto siguiente:

«1. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la Misión será de 1 696 659 EUR para 2005 y de 5 903 341 EUR para el período comprendido entre el 1 de enero de 2006 y el 24 de mayo de 2007.».

3) El artículo 16, párrafo segundo, se sustituye por el texto siguiente:

«Expirará el 24 de mayo de 2007.».

4) El artículo 17 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 17

La presente Acción Común será revisada a más tardar el 31 de marzo de 2007.».

Artículo 2

La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.

Artículo 3

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 13 de noviembre de 2006.

Por el Consejo

El Presidente

E. TUOMIOJA

_______________________________

(1) DO L 327 de 14.12.2005, p. 28.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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